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Air-e (X)

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Juez ordena a Air-e no suspender servicio a usuaria y esperar que Superservicios se pronuncie

La accionante reclamó ante la Superservicios por el consumo cobrado.

El Juzgado Segundo Penal del Circuito Especializado de Barranquilla falló a favor de Heidy Margarita Acosta Camargo, usuaria que interpuso una acción de tutela por considerar que la empresa  Air-e vulneró sus derechos.

Se le ampararon los derechos de petición, debido proceso y vida digna de Heidy Margarita, vulnerados por Air-e que debe resolver, en términos legales la petición de reclamación de junio de 2024.

Se le ordenó a la empresa de servicios públicos, “abstenerse de suspender el servicio eléctrico hasta tanto se defina la petición presentada por la accionante en las facturas de mayo y junio del presente año 2024".

¿Qué pasó?

Acosta Camargo, al considerar que el consumo cobrado no era el acorde, interpuso una reclamación ante Air-e, pero no quedó conforme con lo resuelto y por eso apeló ante la Superintendencia de Servicios Públicos, que ordenó reliquidar el consumo de los meses de marzo y abril.

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Pero la accionante no solo reclamó a Air-e por esos dos meses, aplicó la misma medida para mayo y junio, sin embargo, en estos dos la Superservicios, a donde escaló la apelación, aún no emitió una resolución. 

No obstante, a pesar de que la Superintendencia no se ha pronunciado, Air-e procedió a enviarle comunicaciones a Acosta Camargo de una suspensión del servicio de energía.

“Al momento de interponer la tutela recibió llamadas y mensajes de la empresa que presta el servicio de energía, indicando que van a proceder con la suspensión del servicio de energía por la mora en las facturas”, se puede leer en el fallo.

El Juzgado consideró que la Superservicios está en los términos de responder la solicitud de la accionante, por lo que no "procede generar orden de suspensión del servicio".

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Por otra parte, el operador de justicia negó la pretensión de que la Superintendencia se pronuncie, ya que aún está en los términos legales.

Cabe destacar que este fallo es impugnable.