Contraloría General, sede principal.
Contraloría General, sede principal.
Foto
Infobae.

Share:

Tribunal ordena suspender proceso de elección de nuevo Contralor General

Dispone elaborar nueva lista porque la actual viola principios de meritocracia y equidad de género.

El Tribunal Administrativo de Cundinamarca ordenó suspender y rehacer la lista final de 10 elegibles para el cargo de Contralor General de la República, por desconocimiento de principios de equidad de género y meritocracia.

La Sección Primera del Tribunal acaba de dictar una medida cautelar de urgencia que suspende el proceso de elección del sucesor de Carlos Felipe Córdoba, cuya elección es de las primeras tareas del Legislativo que se posesiona este miércoles.

Ahora, con esta decisión, una Comisión Accidental con parlamentarios de todos los partidos debe rehacer la lista de 10 candidatos que el anterior Congreso dejó confeccionada, desde abril pasado, para que este nuevo Parlamento proceda a escoger al nuevo titular del ente de control fiscal. 

La lista que debe ser reelaborada, y en la que hay varios altos funcionarios de la actual Contraloría General, está compuesta por Andrés Castro Franco, Aníbal José Ouiroz, Carlos Fernando Pérez, Juan Carlos Gualdrón, Luis Alberto Rodríguez, Luis Carlos Pineda, Luis Fernando Bueno, María Fernanda Rangel, Mónica Certain Palma y Víctor Andrés Salcedo.

La demanda para que se rehaga la lista de elegibles la interpuso en una Acción  Popular la señora Dalal Karime Dager, al considerar que la Comisión Accidental del Congreso violó el principio de equidad de género y el principio mérito.

Según el argumento de la demandante y tenido en cuenta por los magistrados, dentro de 10 seleccionados solo hay dos mujeres, pese a que la ley exige que se cumpla la llamada “Ley de cuotas” del 30%.

Esto significa que debería haber, por lo menos, tres integrantes femeninas en el listado. 

La demandante trajo a colación que el pasado 14 de marzo la Universidad Industrial de Santander entregó una lista de 20 candidatos preseleccionados (de los más de 210 iniciales) que obtuvieron los mejores puntajes en las pruebas de conocimiento, aptitudes, análisis de antecedentes y valoración de las hojas de vida. 

El claustro académico realizó ese proceso de selección tras suscribir un convenio con el Congreso para realizar la convocatoria pública con miras a seleccionar la lista de aspirantes a Contralor General. 

El listado entregado por la UIS, con los puntajes respectivos, es el siguiente: 

  • Andrés Franco Castro: 86.0
  • Luis Carlos Pineda Téllez: 84.5
  • Julio César Cárdenas Uribe: 84.5
  • María Fernanda Rangel: 78.9
  • Carlos Hernán Rodríguez: 78.0
  • Juan Carlos Gualdrón:75.5
  • Carlos Fernando Pérez: 72.5
  • Luis Alberto Rodriguez:72.0
  • Víctor Andrés Salcedo 70.5
  • Mónica Elsy Certain Palma: 68.5
  • Luis Fernando Bueno: 67.0
  • Luis Hernando Barreto Nieto: 65.0
  • Elsa Yazmin González Vega: 65.0
  • Diana Carolina Torres: 62.0
  • Duván Darío Uribe: 53.0
  • Aníbal José Quiroz: 48.0
  • Sebastián Montoya Mejía: 45.5
  • Humberto García Vega: 40.5
  • Hernán Gonzalo Jiménez Barrero: 37.5
  • Karol Dahiana González Mora: 27.09.

Tras este paso, la Comisión Accidental parlamentaria escuchó los planteamientos de los 20 preseleccionados el 21 de abril y cinco días después definió el listado -ya mencionado- de 10 candidatos finalistas. 

Según la demandante, no solo se violó el principio de equidad de género -porque solo hay dos mujeres dentro de los 10 finalistas-, sino el de mérito, porque el exdirector de Planeación Nacional, Luis Alberto Rodriguez, no cumple con los requisitos para el cargo al tener menos de 35 años de edad al momento de su inscripción en este proceso de convocatoria pública.

También alegó que varios de los finalistas estarían inhabilitados por haber sido gestores fiscales el año inmediatamente anterior. 

Los magistrados no aceptaron el argumento del Congreso, según el cual en este caso no se aplicaba ninguna regla de género contenida en la ley 581 de 2000, al considerar que el cargo de Contralor se encuentra dentro de las excepciones fijadas por esa misma norma. Esta tesis no fue tenida en cuenta.

 

Más sobre este tema: