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Registraduría Nacional

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En puestos de votación no se exigirá carné de vacunación contra el Covid-19

El único documento que se exigirá será la cédula.

El único documento obligatorio para ejercer el derecho al voto será la cédula de ciudadanía amarilla de hologramas, o la cédula digital en físico o presentada en el dispositivo móvil.

El uso del tapabocas será obligatorio en los puestos de votación que estén en espacios cerrados y, en caso de ser un espacio abierto, no será necesario en las ciudades y municipios donde el 70% de su población ya cuente con el esquema completo de vacunación.

La Registraduría Nacional del Estado Civil garantizará el estricto cumplimiento de todos los protocolos de bioseguridad establecidos por el Ministerio de Salud y Protección Social en las elecciones de Congreso de la República 2022.

Para estos comicios, el censo electoral es de 38.819.901 colombianos habilitados para votar, 37.911.335 podrán sufragar en el territorio nacional y 908.566 en el exterior.

Para no vulnerar el derecho democrático al voto, la Registraduría Nacional del Estado Civil aclaró que, el certificado de vacunación no será exigido en los puestos ni mesas de votación de todo el territorio nacional.

Los ciudadanos podrán ingresar su propio bolígrafo a los puestos de votación para la marcación de las tarjetas electorales, y se les recomienda que a la hora de depositarlas lo hagan sin tener contacto con la urna, además, deberán salir del puesto de votación una vez se ejerza el derecho al voto.

Cabe aclarar que, el Registrador Nacional del Estado Civil, Alexander Vega Rocha precisó que los colombianos habilitados para votar en las elecciones del 2022 podrán hacerlo en el territorio nacional y en el exterior, identificándose con la cédula digital o la cédula amarilla de hologramas, este será el único documento de carácter obligatorio para votar.

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