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¿Qué cambió la reforma constitucional de 2015 a la elección del Contralor General?

Para el próximo lunes festivo 20 de agosto de este año, están citados todos los Senadores y Representantes del Congreso de la República para elegir al nuevo Contralor General por el periodo 2018 a 2022. Dicha designación, sí que ocupa la atención nacional pues basta una simple mirada a los titulares de prensa en los últimos días y por otro lado, en razón a los intereses que están en juego, pues nadie puede dudar que se trata de una contienda electoral en la que se medirá la fuerza, unidad y capacidad de cohesión de los distintos partidos políticos.

Ahora bien, lo llamativo de este proceso de elección del nuevo Contralor General de la República, radica, precisamente en los cambios que incluyó a dicha designación, el Acto Legislativo 2 de 2015 – entendiendo por tal una reforma o cambio a la Constitución Política de 1991-, pues por un lado, eliminó la intervención del Poder Judicial en la nominación de candidatos para el cargo y por otro lado, implementó una convocatoria pública para regular el proceso de inscripción, habilitación, pre selección y elección del Contralor General. Todo lo anterior, se estrenó en nuestra democracia con la expedición de la Ley 1904 de 27 de junio de 2018.  

Para que los lectores pueden aproximarse a los cambios referidos, resulta necesario anotar que antes de la reforma constitucional de 2015, era el Poder Judicial a través de la Corte Constitucional, la Corte Suprema de Justicia y el Consejo de Estado, quienes presentaban una terna – cada corporación nominaba un candidato- ante el Congreso de la República, quien luego de un proceso de votación elegía directamente a uno de esos ternados como Contralor General de la República. Todo cambió en el 2015, como se indicó.

La reforma constitucional de 2015 y la Ley 1904 de 2018, entregaron todo el proceso de elección del Contralor General a la Rama Legislativa. Es sano que se apartara al Poder Judicial de esa elección, pues creemos que los jueces deben estar dedicados exclusivamente a administrar justicia. De hecho, recientemente, el actual Presidente del Consejo de Estado, radicó un proyecto de reforma constitucional para eliminar varias funciones electorales que hoy están asignadas a dicha corporación. La idea inicial del Constituyente de 1991, fue un poco la de limitar en parte el gran poder presidencial y para ello ideó un sistema en el que pudieran intervenir otras ramas en las elecciones de los principales cargos de la Nación. En el caso del Contralor General de la República, desde el 2015, se optó por encomendar esa tarea sólo al Congreso. 

Las nuevas reglas de elección del Contralor, exigen la apertura de una convocatoria pública por parte del Congreso de la República, en la que se surtirán las siguientes etapas: (1) La convocatoria; (2) La inscripción; (3) Lista de elegidos; (4) Pruebas; (5) Criterios de selección; (6) Entrevista; (7) La conformación de la lista de seleccionados y (8) Elección. De este modo, quienes aspiren a dicho cargo, previamente, debieron inscribirse, superar un análisis sobre el cumplimiento de requisitos para el cargo, alcanzar el puntaje mínimo de la prueba de conocimiento, recibir el puntaje suficiente de acuerdo con los criterios de selección, integrar la lista de seleccionados, hacer la entrevista y luego participar en la sesión de elección que se hará entre los que integren la lista de elegibles – 10 candidatos- que fue elaborada y votada por la Comisión Accidental de Senado y Cámara designada para el efecto.

En este orden de ideas, la reforma constitucional de 2015, no sólo propendió por robustecer el proceso meritocrático de elección del cargo de Contralor General de la República, pues ahora sí se exige, en el marco de una convocatoria pública, valorar objetivamente la experiencia, los estudios y la superación de pruebas de conocimiento y otros requisitos por parte de los aspirantes, sino que además se alejó al Poder Judicial de esa elección y de paso se fortaleció el papel del Congreso de la República, institución en la que el país centrará todas sus miradas el próximo lunes 20 de agosto, con la esperanza que se elija al mejor, al nuevo Contralor General, a quien la Constitución de 1991, le encomendó la sagrada misión de proteger y salvaguardar el patrimonio público, es decir, el dinero y los bienes que le pertenecen y están al servicio de todos los colombianos. El Congreso tiene la última palabra. Comentarios y sugerencias al correo mrtamayo@hotmail.com