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Más allá de la intimidad

Hoy en día, la información vuela en internet, y con un solo clic puedes acabar, literalmente, con la vida de una persona en cualquier ámbito personal, laboral, social, político, etc. Los medios de comunicación aún son el cuarto poder y muchos se suman las redes sociales que, en su afán de atraer seguidores, en ocasiones no tienen escrúpulos para subir videos, con tal de llevarse la primicia.

Esta semana vi una serie española, para mi excelente; se llama ‘Intimidad’, solo les diré que tiene un elenco espectacular, conformado por mujeres poderosas, sus personajes son de diversas edades y clases sociales, pero sus vidas están entrecruzadas.

La protagonista es Malen Zubiri, interpretada por Itziar Ituño (‘La casa de papel’). Es una abogada, esposa, madre, aspirante a la alcaldía de su ciudad; es una mujer segura de sí misma, que ha dejado a su familia a un lado, por seguir con su carrera política.

Todo iba de maravilla hasta que se filtra un video en redes sociales, en donde tiene relaciones sexuales con su amante; por supuesto, la toma de sorpresa y esto genera un conflicto en su vida familiar y profesional. Si les da curiosidad véanla, porque está buenísima.

¿Legalmente, qué consecuencias tiene filtrar este tipo de videos en nuestro país? Algunos lo llaman videos de venganza y ocurre cuando se publican fotos, o videos, en redes sociales después que acaba una relación.

En Colombia, hay dos artículos que hacen referencia. La Ley 1581 del 2012, Ley de datos en su artículo 5 habla de datos sensibles: “Datos sensibles. Para los propósitos de la presente ley, se entiende por datos sensibles aquellos que afectan la intimidad del titular o cuyo uso indebido puede generar su discriminación, tales como aquellos que revelan el origen racial o étnico, la orientación política, las convicciones religiosas o filosóficas, la pertenencia a sindicatos, organizaciones sociales, de derechos humanos o que promueva intereses de cualquier partido político o que garanticen los derechos y garantías de partidos políticos de oposición así como los datos relativos a la salud, la vida sexual y los datos biométricos”. 

El Código Penal, en el artículo 220, establece: “El que haga a otra persona imputaciones deshonrosas, incurrirá en prisión de dieciséis (16) a cincuenta a y cuatro (54) meses y multa de trece puntos treinta y tres (13.33) a mil quinientos (1500) salarios mínimos legales mensuales vigentes”.

Las autoridades recomiendan:

Si las fotos o videos se filtraron en una red social, lo primero que deben hacer es denunciar la red (Twitter, Facebook, Instagram, etc.) y pedir que se baje de dicha plataforma.

Si el responsable de subir el contenido a Internet se niegue a darle de baja, este podrá ser interpelado con una acción penal que podría terminar en penas de 1 a 5 años de prisión y una multa de 13 a 1.500 salarios mínimos mensuales vigentes. Por lo tanto, se recomienda la asesoría de un abogado penalista.

Si el contenido divulgado es de menores de edad, las penas y sanciones serán más graves para los responsables porque se tipificaría en el delito de pornografía infantil (Art. 218 del Código Penal): “El que fotografié, filme, grabe, produzca, divulgue, ofrezca, venda, compre, posea, porte, almacene, trasmita o exhiba por cualquier medio, para uso personal o intercambio representaciones reales de actividad sexual que involucre persona menor de 18 años de edad, incurrirá en prisión de 10 a 20 años y multa de 150 a 1.500 salarios mínimos legales vigentes. Igual pena se aplicará a quien alimente con pornografía infantil bases de datos de internet con o sin fines de lucro. La pena se aumentará de una tercera parte a la mitad cuando el responsable sea integrante de la familia de la víctima”.

El fiscal encargado de recolectar las pruebas se encargará de ponerse en contacto con las plataformas digitales involucradas para pedir que eliminen el material que vulnera la intimidad de la persona.

En caso de que la red social involucrada no quiera bajar el contenido, en segunda instancia, el afectado (a) puede dirigirse a la Superintendencia de Industria y Comercio, en la sección de Datos personales, encargados de dar la orden a los proveedores de Internet para que bloquee el contenido.

Si lo anterior no funciona, interponga una acción de tutela.

La mayoría de las veces las personas no denuncian porque piensan que no hay maneras de denunciar, bien sea mayor o menor de edad deben acudir a las autoridades competentes: La Policía Nacional, La Unidad de delitos sexuales de la Fiscalía, el Ministerio de las TIC. Cuando se trata de menores de edad, estos deben ir acompañados por sus padres o tutores y debe extenderse un comunicado al Instituto Colombiano de Bienestar Familiar como órgano protector en materia de menores.

Quien está involucrado en la publicación de fotos o videos sin autorización, es la víctima. El, o los responsables, fue el que pasó por encima del respeto y la intimidad de otra persona sin medir las consecuencias.  

Internet es un mundo lleno de ventajas para la humanidad, pero también ha vulnerado muchos derechos, entre ellos el de la intimidad, convirtiéndolo en un producto que puede venderse, negociarse, compartirse sin importar que el buen nombre, la reputación y la moral de una persona sea expuesta y afecte su vida, llevándola a tomar medidas desesperadas como el suicidio, que es una manera radical de darle fin al sufrimiento que viven.

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