Juez Orlando José Petro
Juez Orlando José Petro
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Zona Cero

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“Un contrasentido ser facilitador de paz en casa”: habló el juez Petro

Tras negar ser familiar del Presidente, anunció que espera se le informe de la cancelación de la designación como ‘Facilitador de paz’, para revocar la libertad al hijo de Enilce López.

El juez quinto de ejecución de penas de Barranquilla, Orlando José Petro, en diálogo con Zona Cero defendió su decisión judicial al concederle la libertad a Jorge Luis Alfonso López, hijo de la ex empresaria del chance Enilce López Romero, apoyado en la resolución a través de la cual la oficina del Alto Comisionado lo designó 'Facilitador de paz'.

Según el togado, para entender la providencia, hay que conocer sus antecedentes.

En consecuencia explicó que el principio es la solicitud de libertad que hizo Jorge Luis Alfonso López el pasado 23 de diciembre de 2022. Esa petición la fundamenta el exalcalde de Magangué en la designación que le hizo el Gobierno Petro como 'Facilitador de paz' con grupos armados ilegales.

"Que necesita disponibilidad 24/7 para movilizarse y concretar diferentes reuniones que se requieren en el sometimiento de dichos grupos armados y así contribuir a la paz de nuestro territorio nacional”, argumentó en su solicitud Jorge Luis Alfonso López ante el juez quinto de ejecución de penas de Barranquilla.

Oficio de Jorge Luis Alfonso López al juez Orlando José Petro

Basado en lo anterior, el despacho judicial profirió un auto de sustanciación antes de tomar la decisión con relación a la libertad de Jorge Luis Alfonso López  con el fin de que cumpla con su misión de facilitador. 

Posteriormente el juez ofició al Alto Comisionado para la Paz,  Iván Danilo Rueda, para que ratificara el contenido de la resolución 075 del 22 de diciembre de 2022, en la cual se designó a Alfonso Lopez como ‘Facilitador de paz’.

“El Alto Comisionado para la Paz, envía comunicación a este despacho y señala que el contenido de la resolución 075 del 22 de diciembre de 2022, está conforme”.

“No hizo ninguna referencia el Comisionado para la Paz sobre el pedido del señor Jorge Luis Alfonso López de lograr la libertad para desarrollar sus actividades como facilitador en el proceso de paz”.

Luego, al entrar a estudiar el despacho su decisión de fondo, el juez citó la resolución en la que el Alto Comisionado autoriza al señor Jorge Luis Alfonso López para que contribuya en la labor asignada de verificar la voluntad real de paz y reinserción a la vida civil así como la voluntad de sometimiento a la justicia de grupos armados organizados.

Resolución 075 del 22 de diciembre de 2022 by Zonacero on Scribd

Recordó que el Alto Comisionado le dio funciones de 'Facilitador' a Jorge Luis Alfonso López y citó premisas jurídicas establecidas en la ley 418 de 1997, artículo 8, parágrafo 2, que dice “que las autoridades judiciales correspondientes, suspenderán las órdenes de captura que se hayan emitido o que se emitan”.

“En el presente caso, el señor Jorge Luis Alfonso López no tiene órdenes de captura vigentes sino que tiene una condena ejecutoriada y que está desmontando en este momento su lugar de residencia. Se entiende que al ser facilitador, esa labor  frente a los grupos armados organizados debe desarrollarla, fuera de su lugar de residencia. Por eso el despacho le suspende el cumplimiento de la pena, amparado en este parágrafo 2 del artículo 8 de la ley 418 del 97, con el fin de que pueda cumplir esa labor de facilitador”.

Al analizar el caso, el juez calificó como contradictorio decir que Alfonso López podía tener acercamientos de paz con organizaciones armadas desde su lugar de residencia.

“Una medida jurídica que impide el desarrollo de la labor de facilitador es la condena porque la persona debe salir a cumplir esa labor de facilitador, toda vez que se trata de acercamientos con grupos armados ilegales que lógicamente no están en su lugar de residencia. Sería un contrasentido otorgarle a una persona la calidad de facilitador”.

Hasta el instante en que el togado concedió este reportaje, él solo conocía por redes sociales la decisión del Alto Comisionado de revocar la designación de Jorge Luis Alfonso López como ‘Facilitador de paz’.

Indicó que “nos gustaría recibir del Alto Comisionado para la Paz, esa petición formal que nos indique que el señor ya no es facilitador. Inmediatamente se revocaría la decisión porque es el Gobierno el que dirige la política nacional para el desarrollo de la paz. Con la revocatoria, continuaría en su lugar de reclusión”.

El juez Petro también rechazó los cuestionamientos que se le hacen por ser su despacho el que le concedió a Jorge Luis Alfonso López el beneficio de prisión domiciliaria en 2021.

Sitio de la prisión domiciliaria de Jorge Luis Alfonso López

“La dirección la da la persona dónde va a cumplir su lugar de residencia, de acuerdo con las pruebas que llegan del arraigo, pero lo que haya pasado después de allí no sé y sería competencia del Inpec que debe llevarlo a su lugar de residencia".

Rechazó los cuestionamientos por ser él también el juez que le concedió la prisión domiciliaria a Jorge Luis Alfonso López en octubre de 2021. En ese momento también se ordenó una investigación en su contra.

“En aquel entonces se me cuestionó bastante por esa decisión, se me citó a la Fiscalía para que rindiera explicaciones, examinaron la providencia y encontraron que estaba ajustada a derecho. En consecuencia se ordenó el archivo de la investigación que se seguía en mi contra”.

Boleta de salida de Jorge Luis Alfonso López

De un proceso disciplinario en su contra por este hecho que adelanta la Comisión Disciplinaria indicó que “estoy dando mis explicaciones sobre las normas aplicadas”.

Aseguró que desconoce que la dirección en la que está Alfonso López no sea la misma que se encuentra en la orden de salida.

También negó tener algún parentesco con el Presidente de la República Gustavo Petro.

“No soy nada del Presidente de la República. Soy de esa región de la Costa Atlántica, nací en Montería, y ese apellido es muy común”, indicó.

Finalmente, el juez dijo estar abierto a dar explicaciones a la opinión pública.