La exrectora de la Uniautónoma, Silvia Gette Ponce.
La exrectora de la Uniautónoma, Silvia Gette Ponce.
Foto
Archivo

Share:

Pese a que hábeas corpus le otorga libertad, exrectora Silvia Gette permanecerá en casa por cárcel

Zona Cero conoció la decisión de un magistrado de la Sala Penal del Tribunal Superior de Barranquilla. La colombo-argentina debe permanecer en prisión domiciliaria por otros procesos en su contra.

La exrectora de la Universidad Autónoma del Caribe, Silvia Gette Ponce, no recuperará la libertad a pesar de que un hábeas corpus así lo dispone dentro de la investigación por el homicidio del ganadero Fernando Cepeda Vargas. La decisión de la Sala Penal del Tribunal Superior de Barranquilla, conocida por Zona Cero, indica que “sigue vigente la prisión domiciliaria” en su contra por otros procesos.

“Ordenar la libertad inmediata de la señora Silvia Gette Ponce, procesada en el expediente número 9704 que cursaba en la Fiscalía 190 Especializada de Bogotá, siempre y cuando no se encuentre requerida por otro juzgado y en consecuencia sigue vigente la prisión domiciliaria que le concedió el Juzgado 34 Penal del Circuito de Bogotá y la Sala de Decisión Penal del Tribunal Superior de Barranquilla, con ponencia del doctor Luis Felipe Colmenares Russo, con ocasión de la pandemia Covid-19”, dispone la providencia firmada este lunes, 14 de diciembre, por el magistrado Jorge Mola Capera.

La libertad a Gette solo aplica al caso por el cual la Fiscalía 190 Especializada de Bogotá le dictó el 30 de abril de este año resolución de acusación por el delito de homicidio agravado, y le impuso detención intramural en establecimiento carcelario sin beneficio de excarcelación.

Gette recurrió al hábeas corpus porque han transcurrido más de seis meses sin que se resuelva su situación jurídica, tiempo establecido por la Ley 600 del 2000, bajo la cual se surte el proceso por tratarse de un asesinato ocurrido antes de 2009, año en que la Ley 906 de 2004 o nuevo Sistema Penal Oral Acusatorio (Spoa) entró en vigencia en el país.

“Actualmente se le viene prolongando ilegalmente la privación de su libertad y, hasta la fecha, no se ha realizado ninguna de las etapas del juicio”, advierte la decisión.

Caso estancado

El hábeas corpus es un recurso consagrado en la Constitución Política colombiana para proteger el derecho fundamental a la libertad, cuando la aprehensión de una persona se lleva a cabo por fuera de las formas constitucional y legalmente previstas o, como aplica para la exrectora de Uniautónoma, cuando la privación de la libertad se prolonga más allá de los términos previstos.

En principio, el Juzgado Primero Penal del Circuito de Adolescentes no concedió a Gette Ponce el habeas corpus por considerar que la prolongación ilícita de la detención no es asunto a discutirse mediante ese recurso, sino ante el juez o funcionario ante el cual curse el proceso. Es decir, la Fiscalía 190 Especializada de Bogotá.

La exrectora impugnó esa decisión y así fue como llegó en segunda instancia al Tribunal, donde fue asignado al magistrado Mola, quien difirió de la postura del juzgado porque “aparece evidente la prolongación ilegal de la privación de la libertad” de Gette, por causas ajenas a ella. “Ya han transcurrido 7 meses y 14 días, contados a partir de la resolución de acusación (30 de abril de 2020) sin que se haya celebrado la correspondiente audiencia pública”, concluyó Mola.

Dentro del trámite del recurso, la Fiscalía informó al Tribunal que el Juzgado 11 Penal del Circuito de Barranquilla informó el 15 de septiembre la llegada del expediente a su despacho, y que realizaría una revisión minuciosa de cada cuaderno por lo voluminoso. Luego, el 24 de noviembre, el asistente del fiscal se comunicó con un funcionario del juzgado que informó que el proceso ya estaba en sus instalaciones, “aclarando que no ha sido avocado el conocimiento de la actuación”

Pese a lo anterior, Gette Ponce no gozará de su libertad.

Seguirá cobijada por dos medidas de casa por cárcel: la que le concedió el Juzgado 34 Penal del Circuito de Bogotá, que la condenó en agosto de 2015 a 78 meses de prisión domiciliaria por el delito de soborno, y la definida el 28 de mayo anterior “en forma transitoria por tratarse de una persona mayor de 65 años”, por parte del magistrado de la sala penal del Tribunal, Luis Felipe Colmenares, como parte del proceso con radicado P-2019-115-CR.

Un soborno que salió caro

Uno de los procesos que frena la libertad de Gette es el soborno al excabecilla paramilitar Édgar Ignacio Fierro, alias 'Don Antonio', quien denunció que la exrectora le ofreció $250 millones para que cambiara su testimonio.

Fierro es uno de los desmovilizados de las AUC que señaló a la exrectora como determinadora del crimen, a cambio de pagarles $150 millones para que mataran al ganadero y esposo de María Paulina Ceballos, hija de su esposo Mario Ceballos Araújo, rector fundador de Uniautónoma.

Cepeda Vargas fue asesinado el 22 de agosto de 2003 por sicarios del Bloque Norte de las AUC, quienes le dispararon cuando se movilizaba en su carro por el barrio El Pueblo, suroccidente de Barranquilla. Según la investigación, su muerte obedeció a la puja con Gette por el control de la universidad luego del fallecimiento de Ceballos Araújo.

Arcadio Martínez Pumarejo, abogado de Gette, fue capturado en febrero de 2013 en un baño del centro comercial Buenavista, en Barranquilla, cuando le entregaba una bolsa con el dinero a un emisario de Fierro. Al igual que la exrectora, el Juzgado 34 Penal del Circuito de Bogotá lo declaró responsable del delito de soborno.

 

 

Más sobre este tema: