Silvia Gette el día de su captura por el delito de abuso de confianza calificado.
Silvia Gette el día de su captura por el delito de abuso de confianza calificado.
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Juez declara improcedente hábeas corpus con el que Silvia Gette pretendía no volver a la cárcel

La decisión es del juez quinto municipal de pequeñas causas laborales de Barranquilla.

La exrectora de la Universidad Autónoma del Caribe, Silvia Gette Ponce, no podrá salir de El Buen Pastor pese a haber interpuesto un hábeas corpus en el juzgado quinto municipal de pequeñas causas laborales de Barranquilla tratando de no hacer efectiva la condena de 9 años de prisión que le impuso el juez 11 penal del circuito de esta capital por el delito de abuso de confianza calificado.

Zona Cero conoció en primicia que la exrectora había solicitado la suspensión de la orden de captura y que se le permitiera seguir cumpliendo los 48 meses de prisión domiciliaria que el 24 de agosto de 2015 le impuso el Juez 34 Penal del Circuito con función de conocimiento de Bogotá por el delito de soborno a testigo.

Coincidencialmente, el pasado 4 de junio, el juez segundo de ejecución de penas había negado la solicitud de libertad por pena cumplida, por no haberse ejecutado en su totalidad la condena.

El hábeas corpus fue interpuesto por la condenada Gette Ponce cuestionando la captura del pasado jueves "por haber sido objeto del recurso de apelación".

Consideró "que no era procedente la ejecución de la pena de la segunda sentencia por no haberse terminado de cumplir la de la primera pena de prisión domiciliaria".

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