En la calle 84 con carrera 52, en Barranquilla, un evidente caso de maltrato a un caballo.
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Zona Cero

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Van 28 capturados por maltratar a los animales: Policía Nacional

Sin embargo, la institución advierte que falta claridad sobre los centros de recepción.

La Policía Ambiental reportó que 28 personas han sido capturadas en el país por maltratar a los animales.

Ello, en aplicación a la Ley 1774 que entró en vigencia el 6 de enero de este año.

“La invitación que queremos hacer a la ciudadanía en general es que se concientice de la responsabilidad que tenemos como ciudadanos sobre el buen trato que debemos darle a los animales”, expresó la Coronel María Antonia Sánchez, Comandante de Policía Ambiental.

No obstante, señaló que falta claridad sobre algunos procedimientos una vez verificado el maltrato.

“Algo que es muy importante y que todavía no está claro en la Ley son los centros de recepción de estos animales. Necesitamos como más articulación entre todas las entidades para que cada una haga lo que le corresponde. La Policía Nacional hace su parte, necesitamos que el resto de instituciones comprometidas puedan hacer lo suyo para que pueda funcionar mejor el desarrollo de la Ley”, declaró la oficial en el Noticiero de la Cámara de Representantes.

La Ley establece que “los animales como seres sintientes no son cosas, recibirán especial protección contra el sufrimiento y el dolor, en especial, el causado directa o indirectamente por los humanos, por lo cual en la presente ley se tipifican como punibles algunas conductas relacionadas con el maltrato a los animales, y se establece un procedimiento sancionatorio de carácter policivo y judicial”.

Igualmente señala que “el trato a los animales se basa en el respeto, la solidaridad, la compasión, la ética, la justicia, el cuidado, la prevención del sufrimiento, la erradicación del cautiverio y el abandono, así como de cualquier forma de abuso, maltrato, violencia, y trato cruel. Y, en el cuidado de los animales, el responsable o tenedor de ellos asegurará como mínimo: que no sufran hambre ni sed; que no sufran injustificadamente malestar físico ni dolor; que no les sean provocadas enfermedades por negligencia o descuido; que no sean sometidos a condiciones de miedo ni estrés y que puedan manifestar su comportamiento natural”.

Como sanciones, la Ley estipula prisión de 12 a 36 meses e inhabilidad especial de 1 a 3 años para el ejercicio de profesión, oficio, comercio o tenencia y multa de 5 a 60 salarios mínimos mensuales legales vigentes.

Es decir, de 3 millones 447 mil 275 pesos a 41 millones 367 mil 300 pesos.

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