El fallo se relaciona con el primer fracaso de la APP del río Magdalena.
El fallo se relaciona con el primer fracaso de la APP del río Magdalena.
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Mintransporte

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Tribunal exime a Cormagdalena de pagarle $177 mil millones a Navelena

Equipo jurídico probó la “inexistencia del derecho sustancial que da lugar a los derechos litigiosos y la ausencia de buena fe por parte de los demandantes”.

El Ministro de Transporte, Guillermo Francisco Reyes González, expresó su satisfacción por el resultado del laudo arbitral entre Cormagdalena y Navelena S.A.S., mediante el cual se negaron las pretensiones de los demandantes, reconociendo el trabajo adelantado por el equipo jurídico y directivo de la Corporación, que después de varios años de debate legal y probatorio, concluyó en la fecha con una decisión muy positiva para el sector.

“Se trata de un fallo histórico en el que se salvaguardaron los intereses y el patrimonio de la Nación después de varios años de debate legal y probatorio, concluyendo en una decisión muy positiva para el sector. El Gobierno del Presidente Gustavo Petro continuará trabajando por garantizar que los recursos de todos los colombianos sean protegidos, al tiempo que se garantice la ejecución de proyectos que mantengan la navegabilidad óptima del Río Magdalena”, manifestó el jefe de la cartera de Transporte, Guillermo Reyes.

En efecto, mediante Laudo de 30 de agosto de 2022, el Tribunal de Arbitramento constituido para dirimir la controversia contractual promovida por Navelena S.A.S contra Cormagdalena, denegó las pretensiones formuladas por la primera y sus cesionarios de derechos litigiosos (conformados por Valorcon S.A, Constructora Norberto Odebrecht S.A., Odebrecht Participaciones e Investimentos S.A., entre otros).

Según el Ministerio, el equipo jurídico y directivo de la Corporación probó las excepciones de caducidad y otras relacionadas con “inexistencia del derecho sustancial que da lugar a los derechos litigiosos”, “ausencia de buena fe por parte de Navelena S.A.S. en la ejecución del Contrato de APP No. 001 del 2014 y creación de obligaciones sin sustento para ser reconocidas por Cormagdalena”.

Esta decisión arbitral deja sin piso las pretensiones económicas de los convocantes que ascendían a la suma de $177.778.930.531 y exime a la entidad de pagar condenas a los demandantes.

 

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