Sarlaft, nuevo reto para los empresarios de la Costa Caribe colombiana
Es empleado con el objetivo de mitigar o prevenir los riesgos de lavado de activos y financiación del terrorismo.
El Sistema de Administración del Riesgo de Lavado de Activos y Financiación del Terrorismo, Sarlaft, en Colombia es relativamente nuevo, excepto para el sector financiero, pero para los sectores de las superintendencias de sociedades, salud, solidaria, entre otras, es un sistema reciente y se desconocen sus mejores prácticas de implementación, su obligatoriedad, e inclusive sus consecuencias de no implementarlo por parte de las empresas obligadas.
Desde el 2017 se han conocido diferentes multas y sanciones para las empresas de los diferentes sectores y para sus oficiales de cumplimiento, por no implementar correctamente Sarlaft bajo un enfoque basado en riesgos, indicó la Asociación de Oficiales de Cumplimiento de la Región Caribe, que ha conocido multas en empresas barranquilleras que van desde 25 hasta los 100 millones de pesos.
Cada superintendencia lo ha denominado diferente como Sarlaft, Sagrlaft, Siplaft, sin embargo, sus metodologías de aplicación son casi que idénticas, es por eso que no debemos pensar que son sistemas aislados.
Luis Mellado Vargas, presidente de la Asociación de Oficiales de Cumplimiento de la Región Caribe, en un comunicado de prensa explicó que: "Cada día los diferentes entes de control amplían más su campo de aplicación, por ejemplo, para este 2020, se prevé que sean obligadas las estaciones de servicios, empresas colocadoras de créditos, entre otras. Por esta razón los empresarios de la costa deben empezar a interesarse por conocer este sistema, que además de ser algo normativo, ofrece un beneficio de prevencion para que sus empresas no sean utilizadas, para lavar activos y/o financiar el terrorismo".
¿Qué es el Sarlaft?
El Sistema de Administración del Riesgo de Lavado de Activos y Financiación del Terrorismo, Sarlaft, es empleado con el objetivo de mitigar o prevenir los riesgos de lavado de activos y financiación del terrorismo, el cual busca implementar controles y alertas tempranas dirigidas a prevenir que en las empresas se materialicen estos riesgos.
La persona encargada del diseño, implementacion, seguimiento y monitoreo es denominada oficial de cumplimiento.
Debido al aumento de casos materializados en Colombia, en los diferentes sectores empresariales, se hizo necesario incorporar el Sarlaft, el cual se encuentra compuesto por las siguientes etapas: identificación del riesgo, medición o evaluación, control y monitoreo.
El objetivo general de este sistema es que las organizaciones conozcan sus contrapartes (socios, empleados, clientes y proveedores) antes de iniciar cualquier relación contractual, para evitar así, relacionarse con personas naturales o jurídicas que estén enlazadas con los delitos de lavado de activos y financiación del terrorismo.
Este conocimiento de contrapartes es denominado como debida diligencia (Due Diligence), que desafortunadamente algunas empresas que la aplican solo hacen consultas en listas restrictivas, desconociendo que existen mas procedimientos para llevar a cabo una debida diligencia efectiva.
Otro factor importante es la segmentación de las contrapartes, que es un método estadístico que nos permite identificar por grupos cuales son los que representan mayor riesgo para la organización, de los cuales se deben gestionar del mayor al menor, esto es denominado un enfoque basado en riesgos.
El interés también debe estar en todos los profesionales que administren las áreas de compras, talento humano y comercial; debido a que en estas áreas es donde se materializan los principales riesgos del sistema Sarlaft.
Por parte de la Asociación de Oficiales de Cumplimiento de la Región Caribe queremos hacer una invitación a todos los administradores de estos riesgos a capacitarse y dar a conocer a la alta gerencia la importancia de este sistema en las organizaciones.
La asociación para este 2020 inició acercamientos con las superintendencias, que son los órganos de control en la aplicación de este sistema, para apoyar las empresas de la región Caribe en el cumplimiento de esta normatividad.
A continuación, mencionamos algunos sectores obligados: Clubes con deportistas profesionales, notarios, operadores de juegos de suerte y azar autorizados por Coljuegos, sector inmobiliario, sector de construcción de edificios, todas las organizaciones solidarias vigiladas por la Supersolidaria, todas las organizaciones vigiladas por la Supervigilancia; supervisados habilitados para la prestación del servicio terrestre automotor de carga, depósitos públicos y privados - sociedades de intermediación aduanera - sociedades portuarias - usuarios de zona franca - empresas transportadoras - agentes de carga internacional - usuarios aduaneros permanentes - usuarios altamente exportadores; agentes del sistema general de seguridad social en salud (sgsss) ; entidades promotoras de salud (eps) del régimen contributivo y subsidiado. - instituciones prestadoras de salud (ips) públicas y privadas de los grupos c1, c2, y d1, empresas de medicina prepagada - entidades que prestan servicios de ambulancia prepagada. - empresas promotoras de salud indígenas (eps-i) de cualquier régimen, concesionarios de vehículos automotores nuevos y usados, sector de explotación de minas y canteras y todas las empresas vigiladas por Supersociedades que superen sus ingresos anuales en 140.000 mil millones de pesos.
Por Luis Mellado Vargas
Presidente de la Asociación de oficiales de cumplimiento, DRC
Especial para zonacero.com