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Reforma al Código Electoral tiene de rumba a dueños de bares: recorta horario de Ley Seca en elecciones

Desde 1986 la ley prohibió el consumo licor por 36 horas cuando había jornada de elecciones, ahora será por 12 horas en comicios normales.

La Reforma al Código Electoral que acaba de aprobar el Congreso de la República, y que ahora pasa a control ante la Corte Constitucional, trajo consigo una celebración muy singular y alejada de la cosa política, por muy curioso que esto parezca.

Dicho alborozo corre por cuenta de integrantes de la Asociación Nacional de Bares (Asobares), que calificó la decisión tomada por los congresistas este martes 20 de junio, como un motivo histórico, merecedor de armar una rumba con todas las de la ley.

¿Y qué es lo que tiene a los propietarios de bares y similares en Colombia bailando en un solo pie, dispuestos a armar un ‘despeluque’?

Pues que el artículo 158 del nuevo Código Electoral limita la Ley Seca que tanto les disgusta, y ya no será tan estricta, su aplicación se circunscribirá al día de elecciones entre 6 de la mañana y las 6 de la tarde, para jornadas de comicios ordinarios.

Sin embargo, vale la pena referir que este horario podría ampliarse por orden de gobernadores y alcaldes, sólo si las situaciones de orden público “lo amerita de manera razonable, necesaria y proporcional”.

En total, según las cuentas de Asobares, con ese ajuste se benefician cerca de 365.000 negocios en todo el país, que veían disminuidas sus ventas por las jornadas de elecciones.

“Estamos agradecidos con el Gobierno Nacional por haber radicado de nuevo el proyecto de Reforma al Código Electoral,con el Congreso de la República por haber escuchado nuestro clamor y con la Registraduría Nacional del estado Civil por avalar y respaldar nuestra posición”, declaró Camilo Ospina Guzmán, presidente de la Junta Directiva de Asobares Colombia.

Dijo también que además de los bares, beneficia a miles de tiendas, grandes superficies, hoteles, restaurantes, distribuidores y toda la cadena de proveeduría y servicio que se mueve cuando no hay Ley Seca. 

Asobares celebró de igual manera que la Ley Seca solo aplicará para elecciones ordinarias, y no para consultas interpartidistas, cuya baja participación electoral no ameritaba una medida tan estricta que afectaba los tributos nacionales y regionales.

Con esta buena nueva que les trajo la reforma al Código Electoral a Asobares, pierde vigencia el artículo 206 del antiguo Código que desde 1986, hace 37 años, dispuso la Ley Seca desde las 6 de la tarde del sábado hasta las 6 de la mañana del día lunes.

Esta prohibición se mantendrá —por última vez— durante las próximas elecciones regionales de octubre próximo.

 

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