El Secretario de Gobierno, Clemente Fajardo, durante la toma violenta.
El Secretario de Gobierno, Clemente Fajardo, durante la toma violenta.
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Queja disciplinaria contra Secretario de Gobierno por toma violenta en Unimetro

También incluye a todos los funcionarios que participaron en los bochornosos hechos que también se dieron en el Hospital Metropolitano.

Queja disciplinaria contra el Secretario de Gobierno Distrital, Clemente Fajardo Chams, fue presentada ante la Procuraduría Regional por los hechos violentos registrados el pasado 19 de septiembre, en la pretendida toma de la Universidad Metropolitana y del Hospital Metropolitano por parte de Carlos Jaller Raad y otros.

Según los querellantes Juan José Acosta (Rector de Unimetro) y Alberto Acosta Pérez (Director del Hospital), Fajardo Chams “en compañía de varios funcionarios y asesores, adscritos a esa dependencia, así como personas particulares y abogados, abusando del poder que les reviste, por ser servidores públicos, de manera consciente y voluntaria, realizaron una serie de actuaciones, pasando por encima de los procedimientos establecidos tanto en el Código General del Proceso, como en el Manual Nacional de Policía y Convivencia, para vandálicamente, dando la apariencia de “allanamiento”, irrumpir tanto en la Fundación Hospital Universitario Metropolitano como en la Universidad Metropolitana”.

Sostienen que con estas actuaciones existieron claras intenciones de favorecer los intereses de Javier Cuartas Jaller y Carlos Jaller Raad.

“Estas actuaciones no sólo se tipifican en el ordenamiento penal, sino además en faltas disciplinarias, de naturaleza gravísima, conforme a los preceptos contenidos por la Ley 734 de 2002 (Código Disciplinario Único)”, argumentan.

En el relato de los hechos señalan que el 13 de septiembre de este año el Juez Trece Penal Municipal con Funciones de Control de Garantías, “de manera ilegal” produjo una serie de decisiones, entre ellas la de ordenar “al Inspector Primero de Policía de Reacción Inmediata de la ciudad de Barranquilla para que le brinde el apoyo a Carlos Jaller Raad para que tome en debida forma la posesión del cargo de Rector de la Universidad Metropolitana con el fin de proteger su integridad y preservar el orden público”.

Para hacer efectivas sus decisiones, el Juez “aún sin que hubiera quedado ejecutoriada, esto es, sin que se hubiese sustentado el recurso de apelación interpuesto y por ende, sin saberse si lo iba o no a conceder y en qué efecto esta comunicación le llegara al Inspector Primero de Policía, el 14 de septiembre de 2018 libró la comunicación No. J-1622, al Jefe de la Oficina de Inspecciones y Comisarías de Familia”.

A su vez, la Oficina de Inspecciones remitió la comunicación a la Alcaldesa de la Localidad Norte Centro Histórico quien el 18 de septiembre “dispuso el acompañamiento a Carlos Jaller Raad (única misión encomendada por el Juez a la Inspección de Policía) para el día 25 de septiembre de 2018”, lo cual fue notificado por estrado el 19 de septiembre.

Al tiempo que se surtían las actuaciones fue presentada una acción de tutela ante la Sala Penal del Tribunal Superior de Barranquilla en la que se solicitó como medida provisional la suspensión de los efectos de la decisión proferida por el Juez, petición que fue acogida por el Magistrado Jorge Enrique Mola Capera, en decisión del 19 de septiembre.

Sin embargo, el 19 de septiembre el Secretario Clemente Fajardo Chams, actuando como Alcalde (e) de la Localidad Norte Centro Histórico, convocó a un grupo de subalternos, agentes del Ministerio Público y a la Policía Metropolitana para adelantar en esa misma fecha la diligencia que estaba prevista para el 25 de septiembre. Es decir, de manera inexplicable se anticipó seis días.

Por ello, los querellantes consideran que la actuación de Fajardo Chams “evidencia la vulneración de varias normas, tanto penales como disciplinarias”, teniendo en cuenta la forma como el funcionario se sustrajo al cumplimiento de lo dispuesto por la Alcaldesa Local Irina Karel Martínez, “para actuar sin justificación válida alguna y sin haber notificado en debida forma su decisión de revocatoria de esa decisión (y valga la repetición de la palabra decisión), en orden a que la diligencia de acompañamiento a Carlos Jaller Raad se iba a realizar el 25 de septiembre, para realizarla él el mismo 19 de septiembre, incursionando en la vulneración del artículo 454 del Código Penal (fraude a resolución judicial o administrativa de Policía)”.

Además, advierten que el hecho de haber dispuesto a un grupo de funcionarias, no adscritas a la Alcaldía Local ni fueron nombradas por acto administrativo para que lo apoyaran en esa diligencia “lo ubican en el tipo disciplinario consagrado en los numerales 40 y 42 de la Ley 734 de 2002, porque con tal actuación se vulneró el Código Penal al haber abusado de la función pública y porque, además, influyó en otro servidor público, prevaliéndose de su cargo y jerarquía para adelantar la actuación ilegal de la que aquí nos quejamos, en beneficio de los intereses de Carlos Jaller Raad y Javier Cuartas Jaller”.

Adicionalmente, agregan, Fajardo Chams habría incurrido en prevaricato por acción "al haber dispuesto desplazarse de inmediato a las instalaciones del Hospital Metropolitano, porque la orden impartida por el Juez no involucraba a esta institución ni le daba facultades de apoyo a Javier Cuartas Jaller para que asumiera las funciones de Director del mismo”.

En esencia, reiteran, con su actuación Clemente Fajardo habría incurrido en los delitos de prevaricato por acción y abuso de autoridad porque “no podía haber decretado un allanamiento a esa entidad y mucho menos utilizar la fuerza pública para tal efecto, la cual permaneció impoluta frente a las actuaciones vandálicas que allí presenció”. Además de empleo ilegal de la fuerza pública y permitir en su presencia “que personas particulares, que no contaban con autorización alguna, realizaran actos vandálicos”.

Por todo ello, concluyen que Fajardo Chams “no solo se pasó por encima de la decisión de la Alcaldesa titular de haber dispuesto la diligencia para el 25 de septiembre sino que, además, ordenó un allanamiento de manera ilegal y sin que esto fuera poco hizo caso omiso a lo dispuesto por el Magistrado Jorge Mola Capera, en decisión de ese mismo día, la cual le fue comunicada por nuestros abogados antes de dar inicio a la diligencia celebrada en el despacho de la Rectoría”, todo a sabiendas “que existía una decisión judicial de carácter provisional que suspendía el ejercicio de sus funciones para ese caso en particular”.

 

 

Dentro de los hechos denunciados se destaca un episodio que involucraría a una abogada y a una funcionaria de la Alcaldía que acompañaba a Clemente Fajardo durante la diligencia.

El video aportado a la denuncia muestra cuando una abogada saca de su bolso un sobre y se lo entrega a la funcionaria, y que según los querellantes contendría una suma de dinero.

 

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