El accionante Raymundo Marenco.
El accionante Raymundo Marenco.
Foto
Facebook

Share:

Piden a Petro promover desmonte de recargos de pérdidas en tarifas de energía

El abogado Raymundo Marenco asegura que es inconstitucional que Air-e traslade costos de pérdidas de energía a los usuarios.

El abogado Raymundo Marenco inició una actuación administrativa ante el Presidente de la República, con base en lo dispuesto en el Decreto Presidencial No. 0227 de 2023, con la finalidad de que declare la inconstitucionalidad del cobro que por concepto de pérdidas de energía realiza la empresa Air-e a sus usuarios o suscriptores en el departamento del Atlántico.

En un extenso documento jurídico radicado en la Presidencia este 27 de febrero, el abogado precisa que es contrario a la Constitución Política que dicho cobro deba ser asumido por todos los habitantes del departamento.

Por esta razón solicitó que sea la empresa de energía la que asuma estas pérdidas con su patrimonio, ya que ello aumenta el valor mensual de la factura de energía en un 22% aproximadamente, sin un soporte legal que lo justifique.

Sostiene que como resultado de esta actuación administrativa, en ejercicio de las facultades constitucionales, legales y reglamentarias que le corresponde ejercer, solicita que el Presidente emita las siguientes declaraciones y adopte las consecuentes decisiones respecto a cada una de ellas:

“- Evidenciada la inconstitucionalidad del tipo de responsabilidad solidaria que se le impone a los usuarios del servicio de energía eléctrica que presta la empresa Air-e en el departamento del Atlántico, declárese inconstitucional la medida que aplica esta empresa, de trasladarle a sus clientes o usuarios en las tarifas con las que liquida la facturación mensual del servicio prestado, el deber de responder por las pérdidas de energía que se producen en un mercado de comercialización, por motivos diferentes al transporte y transformación de la energía eléctrica, o pérdidas no técnicas de energía, comúnmente denominadas “pérdidas negras”.

- Ordénesele a la empresa de energía Air-e, que no podrá continuar cobrándole a los clientes o usuarios de sus servicios en el departamento del Atlántico, en las tarifas con las que les liquida la facturación mensual del consumo de este servicio, ni en otra forma, los costos de los perjuicios ocasionados por concepto de la pérdida de energía que se produce en un mercado de comercialización, por motivos diferentes al transporte y transformación de la energía eléctrica, denominadas pérdidas no técnicas de energía, comúnmente denominadas “pérdidas negras”.

- Declárese inconstitucional la medida que aplica esta empresa, de trasladarle a sus clientes o usuarios en las tarifas con las que liquida la facturación mensual del servicio prestado, el deber de responder por los perjuicios que se ocasionan por la energía que se pierde en los sistemas de transmisión regional y/o distribución local a causa del transporte y transformación de la energía eléctrica.

- Ordénesele a la empresa de energía Air-e, que no podrá continuar cobrándole a los clientes o usuarios de sus servicios en el departamento del Atlántico, en las tarifas con las que les liquida la facturación mensual del consumo de este servicio, ni en otra forma, los costos de los perjuicios que se ocasionan por la energía que se pierde en los sistemas de transmisión regional y/o distribución local a causa del transporte y transformación de la energía eléctrica.

- Del aparte de la facturación mensual, que entrega la empresa Air-e a sus usuarios o clientes en el departamento del Atlántico, relacionado con la “calidad del servicio y tarifa” y de los “componentes del costo unitario”, ordénese a la empresa Air-e que excluya de estas, el ítem relativo a las “pérdidas” de energía de distintas clases, sean estas no técnicas y/o técnicas.

- Que se establezca con claridad y precisión, en cuanto a la facturación mensual del servicio, el porcentaje al que equivale el pago que deben realizar mensualmente los clientes o usuarios del servicio público domiciliario que presta la empresa Air-e en el departamento del Atlántico, respecto a la facturación mensual total, por cada uno de los conceptos de “pérdidas” de energía, es decir, el correspondiente porcentaje de las pérdidas no técnicas y el de las pérdidas técnicas”.

 

El texto de la petición al Presidente Gustavo Petro by Zonacero on Scribd

Más sobre este tema: