La publicidad móvil está reglamentada mediante Decreto 0352 de 2004.
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Control Urbano

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Operativos contra contaminación visual en los vehículos

La publicidad móvil debe estar oficialmente registrada.

La Secretaría de Control Urbano y Espacio Público, en asocio con la Secretaría de Movilidad, iniciaron operativos para controlar la publicidad móvil.

Este jueves los operativos se cumplieron en el sector de la Vía 40. Allí los conductores y/o conductores, con publicidad en sus vehículos fueron conminados por los funcionarios.

El requerimiento es el del registro de la publicidad. En caso de no portarlo se les concederá un término de 3 días para que inicie el trámite correspondiente. Y si no lo hace se le inicia un proceso sancionatorio.

Natalia Pérez, de la Secretaría de Control Urbano, explicando a conductores y propietarios la normatividad de la publicidad móvil.

El Secretario de Control Urbano, Henry Cáceres, precisó que el Decreto 0352 de 2004, reglamenta la publicidad móvil en el Distrito de Barranquilla, su articulado contiene las condiciones, características, límites, requisitos, sanciones, entre otros, con la finalidad de evitar la saturación, la contaminación visual y ejercer un efectivo control.

De acuerdo al tipo de vehículo, el Decreto describe la forma como debe instalarse la publicidad, y se debe iniciar el trámite de registro ante la Secretaria de Control Urbano y Espacio Público.                        

“Los operativos de control y seguimiento los adelanta semanalmente la Secretaría de Control Urbano con el apoyo de la Secretaría de Movilidad, en el día de hoy se detuvieron 10 vehículos de distintas empresas, a los cuales se les levantó un acta donde le explican el procedimiento a seguir, concediéndoles tres días para que adelanten el trámite de registro”, puntualizó.                         

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