Momentos en que a los policías les realizaron una socialización sobre el nuevo estatuto disciplinario.
Momentos en que a los policías les realizaron una socialización sobre el nuevo estatuto disciplinario.
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Policía de Atlántico.

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Nuevo estatuto disciplinario de la Policía: no puede impedir que se grabe procedimiento

Conozca cuáles son las faltas a las que incurriría un policía con el nuevo estatuto disciplinario.

En el marco de la transformación institucional hoy entra en vigencia la nueva Ley 2196 Estatuto Disciplinario de la Policía Nacional.

Dentro de este estatuto hay faltas que serán catalogadas como gravísimas y graves en la institución que podría originar la destitución, inhabilidad general o la suspensión del cargo al uniformado.

Etren las nuevas faltas gravísimas se encuentra la de “causar daño a la integridad de las personas o de los bienes, como consecuencia del exceso en el uso de las armas, de la fuerza, de los demás medios coercitivos o con otro elementos no reglamentarios. También agredir físicamente a superiores, subalternos o compañeros”.

De igual manera, se constituye una falta gravísima “portar o usar armas o municiones diferentes a las que se asignen como dotación, o alterar las armas y elementos de dotación”.

Por otro lado, se constituye como grave “impedir a cualquier persona la grabación por cualquier medio tecnológico de información y comunicación, de los procedimientos de policía sin justificación legal, encontrándose en servicio o acceder o manipularlos para eliminar su contenido”.

A continuación otras de las faltas por la que podría ser sancionado un uniformado:

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