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Niegan demanda de RCN TV contra CNTV que prohibió publicidad de licor y cigarrillos

Medida restrictiva era para prevenir tabaquismo y consumo de alcohol en niños y adolescentes.

El Consejo de Estado declaró ajustado a derecho el acto administrativo por medio del cual la Comisión Nacional de Televisión (CNTV) prohibió en el 2005 que en la pantalla chica se publicitaran cigarrillos y bebidas alcohólicas.

Por dicha razón los magistrados determinaron que no hay lugar para conceder una indemnización de 2.000 millones de pesos que pretendía RCN Televisión, por no haber podido emitir ese tipo de piezas publicitarias en aquella época.

Inicialmente el caso estuvo ante el Tribunal Administrativo de Cundinamarca que negó la demanda y la apelación presentada por RCN.

El Consejo de Estado confirmó la sentencia de primera instancia y estableció que la resolución que impuso prohibiciones para publicitar bebidas alcohólicas y cigarrillos en televisión era legal.

La alta corporación concluyó que la ley facultó a la CNTV para regular el servicio público de televisión, y de allí se deriva la autorización para haber impuesto las restricciones demandadas.

Esa competencia posibilitaba que la entidad tomara medidas para proteger al consumidor, como lo era el prevenir el tabaquismo y el consumo de alcohol en niñas, niños y adolescentes.

Así las cosas, dado que la imposición de la prohibición estuvo ajustada a derecho, no hay lugar a resarcir económicamente el daño alegado por la demandante RCN TV.

 

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