Ángela Patricia Rojas Combariza, agente especial de Electricaribe.
Ángela Patricia Rojas Combariza, agente especial de Electricaribe.
Foto
Electricaribe

Share:

Juez 'tumba' arresto contra la Agente Especial de Electricaribe

Está imposibilitada jurídicamente para cancelar el reajuste de mesadas pensionales ordenadas en un fallo de tutela del 16 de agosto de 2016.

Un juzgado de Fundación decretó la nulidad de una decisión emanada de un juzgado de Aracataca que prorrogaba una sanción contra la agente especial de Electricaribe, Ángela Patricia Rojas Combariza y el Representante legal para asuntos laborales de la compañía, Juan José Sánchez Curiel.

Mediante providencia de consulta del 17 de julio, el Juzgado Penal del Circuito de Fundación en el Magdalena decretó la nulidad de la decisión proferida por el Juzgado Promiscuo Municipal de Aracataca el día 11 de julio, que prorrogó la sanción a Rojas y a Sánchez de arresto a 60 días y una multa a 5 salarios mínimos legales vigentes, por estar aparentemente incumpliendo un fallo de tutela proferido por ese mismo Juzgado el 16 de agosto de 2016, en donde se ordenaba el reajuste de una mesada a un grupo de pensionados de Electricaribe.

“Somos respetuosos de los derechos de los pensionados, es así que pagamos las mesadas, beneficios y respecto de las deudas pretoma hemos realizado acciones afirmativas acorde con las normas que regulan el  proceso de intervención, todo ello con el fin de salvaguardar la prestación del servicio en los 7 Departamentos de la Costa Caribe en beneficio de 10 millones de habitantes", puntualizó la Agente Especial de Electricaribe, Ángela Patricia Rojas Combariza.

Esta es la tercera ocasión en que una autoridad judicial le señala puntualmente al Juez Promiscuo Municipal de Aracataca que las actuaciones adelantadas en este incidente de desacato violan el debido proceso de la Agente Especial y el Representante Legal para Asuntos Laborales de Electricaribe, aspecto que ya ha llamado la atención de las autoridades pertinentes.

La Agente Especial de Electricaribe, Ángela Patricia Rojas Combariza señaló que en el fallo que resolvió la consulta prevaleció la garantía del derecho fundamental al debido proceso, puesto que además de destacar la importancia de notificar personalmente estas actuaciones, se enfatizó en la necesidad de adelantar un período probatorio en donde la empresa pueda acreditar todas las actuaciones que viene adelantando para garantizar el pago de las obligaciones.

Explicaron que tras la toma de posesión de Electricaribe el pasado 15 de noviembre de 2016 por parte de la Superintendencia de Servicios Públicos Domiciliarios, esta entidad ordenó la suspensión de todas las obligaciones causadas hasta el momento, por lo que la Agencia Especial en este caso en particular está imposibilitada jurídicamente para cancelar el reajuste de mesadas pensionales ordenadas en un fallo de tutela del 16 de agosto de 2016; es decir, antes de la toma de posesión.

Más sobre este tema: