Fernando Carrillo, procurador general de la Nación.
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Procuraduría

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Extraditables excluidos de listas de las FARC no pueden ir a la JEP: Procuraduría

El Ministerio Público señaló de otra parte que alias ‘El Cojo’, exmilitante de las FARC – EP, cumple los requisitos de la JEP y no debe ser extraditado.

La Procuraduría  pidió a la Jurisdicción Especial para la Paz, JEP, regresar a la justicia ordinaria los casos de tres extraditables requeridos por jueces de Estados Unidos por cargos de narcotráfico. 
 
Los postulados, identificados como Osías Riascos Ocampo, Santos Román Narváez Ansazoy y Julio Armando Belalcázar Estacio, solicitaron su ingreso a este nuevo sistema de justicia transicional y ser beneficiados con la garantía de que no serían extraditados. 
 
"El Ministerio Público encontró que sus peticiones no cumplen con los requisitos exigidos  por la JEP, porque su condición de exmilitantes de las FARC – EP no se encuentra acreditada en sus respectivos procesos", se lee en un comunicado del ente disciplinario. 
 
En los casos de Osías Riascos y Narváez Ansazoy la Procuraduría estableció que fueron excluidos de las listas que las FARC – EP  entregaron a la Oficina del Alto Comisionado para la PAZ con los nombres de sus integrantes, mientras que Belalcázar Estacio aparte de no ser incluido en esos listados, tampoco ha sido acusado formalmente por el delito de rebelión, otro de los requisitos establecidos para ser aceptado por esta jurisdicción especial. 
 
Osías Riascos, conocido con los alias de  ‘Chachito’ o ‘Yimi Riascos’, Narváez Ansazoy, alias ‘Román’, y Belalcázar Estacio, alias ‘Barón’, son señalados de pertenecer, presuntamente, a distintas estructuras ilegales que enviaron estupefacientes desde Colombia a Estados Unidos, utilizando rutas a través de países centroamericanos, y solicitaron su inclusión a la JEP argumentando que esas conductas tuvieron relación con las FARC – EP.  
 
El ente de control pidió que estos tres casos sean remitidos a la justicia ordinaria para que continúe el trámite de extradición, ante la falta de competencia de la JEP para conocerlo. 

Otro caso
 
En otro concepto radicado ante la Sección de Revisión, la Procuraduría pidió a la JEP que cobije con la garantía de no ser extraditado a Pedro Luis Zuleta Noscué, alias ‘El Inválido’ o ‘El Cojo’, porque cumple los requisitos exigidos para gozar de ese beneficio.
 
Zuleta Noscué, quien fue jefe de finanzas del sexto frente de las FARC – EP  en el Cauca, es requerido por una corte de Estados Unidos por hechos relacionados con tráfico de estupefacientes entre 1985 y 2001. 
 
El Ministerio Público encontró que su condición de exmilitante de las FARC – EP está debidamente acreditada al figurar en las listas de integrantes que esa agrupación suministró al Gobierno Nacional y por someterse voluntariamente al Sistema Integral de Verdad, Justicia, Reparación y No Repetición. 
 
Adicionalmente el órgano de control consideró que el caso de Zuleta Noscué es competencia de la JEP, porque los hechos investigados por la justicia de Estados Unidos ocurrieron entre 1985 y 2001, y esta jurisdicción tiene atribución para conocer las actuaciones cometidas por los exintegrantes de las FARC – EP en desarrollo de las conductas desplegadas por la entonces guerrilla con anterioridad al primero de diciembre de 2016.
 
 
 

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