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Edgardo Maya Villazón, Contralor General de la República.
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CGR

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En firme fallo fiscal por $1.076 millones contra liquidador de ESE José P. Padilla

Por no incluir insumos médicos quirúrgicos, que finalmente se deterioraron y tuvieron que incinerarse.

El despacho del Contralor General de la República, Edgardo Maya Villazón, dejó en firme un fallo con responsabilidad fiscal por $1.076 millones contra Juan Carlos Gómez Arias, agente liquidador de la Empresa Social del Estado (ESE) José Prudencio Padilla.

También confirmó la decisión de declarar civilmente responsable fiscal a la Compañía Aseguradora Liberty Seguros.

Contra esta providencia no procede recurso alguno.

La ESE José Prudencio Padilla, que tenía sede en Barranquilla, atendió hasta que se ordenó su liquidación -en 2006- a afiliados del Seguro Social en la Costa Caribe.

El fallo fiscal, dictado en primera instancia por la Contraloría Delegada para Investigaciones, Juicios Fiscales y Jurisdicción y confirmado por el Contralor Maya Villazón, al resolver los respectivos recursos de apelación, tiene como fundamento el daño patrimonial causado por irregularidades que se dieron en el manejo de unos insumos médico quirúrgicos por parte del agente liquidador de la ESE en liquidación José Prudencio Padilla.

 La CGR determinó que estos insumos, que se encontraban en la Unidad Hospitalaria de los Andes, no se incluyeron dentro de los bienes entregados a través del convenio interadministrativo suscrito con la Central de Inversiones S.A. CISA, como tampoco en el contrato de fiducia celebrado con La Previsora S.A.

Según la Contraloría, el agente liquidador incurrió en un descuido frente a la administración de los recursos entregados al momento del proceso de liquidación, en tanto que los insumos médico quirúrgicos se encontraban en malas condiciones de almacenamiento, se deterioraron y se dejaron vencer, ocasionado un detrimento patrimonial, en una cuantía indexada de $1.076 millones.

Los insumos debieron ser incinerados, producto de la omisión de las obligaciones legales y contractuales del agente liquidador, respecto a los mismos, al no incluirlos en el convenio celebrado con CISA S.A. el 31 de mayo de 2008 y tampoco en el activo de bienes muebles transferidos al patrimonio autónomo constituido en Fiduprevisora S.A.

Puntualmente, el Despacho del Contralor General de la República cuestionó “la omisión del señor Gómez Arias, al no haber dispuesto el destino y responsable de los insumos médico quirúrgicos, permitiendo que estos se deterioran y finalmente tuvieran que ser incinerados”.

CISA procedió a incinerarlos teniendo en cuenta un concepto del INVIMA según el cual ya no eran aptos para uso humano.

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