El gerente de la entidad, Pedro Fayad.
El gerente de la entidad, Pedro Fayad.
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Gobernación del Atlántico

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En Atlántico, sorteos promocionales deben contar con autorización de Edusuerte

El Gerente de la entidad hizo un llamado a los diferentes establecimientos comerciales para que cumplan con lo establecido en la ley 643 de 2001.

Los sorteos promocionales, que las diferentes empresas o entidades realicen con fines de publicidad o promoción de bienes o servicios, deben contar con la autorización de la Empresa Departamental de Juegos de Suerte y Azar, Edusuerte.

De acuerdo con el gerente de la entidad, Pedro Fayad, son muchos los establecimientos que ofrecen un premio al público, sin que para acceder al juego se pague directamente, desconociendo que para ello deben cumplir con unos requisitos y contar con la respectiva autorización, tal como lo establece la ley 643 de 2001.

La ley dispone que todo juego de suerte y azar debe contribuir eficazmente a la financiación del servicio público de salud.

“Un juego promocional es el que realiza una empresa, una marca, un centro comercial, entre otros, para promocionar un producto y las personas que participan en el juego no pagan nada. Todos los juegos de suerte y azar que existen en el departamento deben pagar un impuesto del 14 por ciento a Edusuerte, recursos que van para la salud de los atlanticenses”, explicó Fayad.

El Gerente de Edusuerte dijo que hay empresas que realizan estas promociones, inclusive por redes sociales, evadiendo el pago del respectivo impuesto. Hay casos de almacenes y distribuidores que están haciendo rifas promocionales sin permiso de la empresa departamental, ni la autorización de las respectivas loterías que utilizan para dichos sorteos.

Igualmente, recordó que comprar o vender rifas y chance no autorizado tiene penas privativas de la libertad hasta de ocho años, dijo Fayad al reiterarle a los diferentes establecimientos de comercio que cumplan con los requisitos que establece la ley y de esta forma evitan sanciones o multas.

Entre los requisitos que deben cumplir los juegos promocionales se encuentran: diligenciar el formato de solicitud de juegos promocionales, planes de premio con la respectiva justificación técnica y económica, el lugar y el calendario de realización del sorteo, factura de compra de los bienes, servicios o elementos que componen el plan de premios o, en su defecto, cotización de los mismos, garantía única de cumplimiento expedido por una aseguradora del plan de premios, recibo de pago del impuesto correspondiente, colocar en la publicidad la autorización de Edusuerte, entre otros. El trámite debe realizarlo en Edusuerte, a través de la página www.edusuerte.gov.co o escribir al corrreo info@edusuerte.gov.co. 

En el caso del chance no autorizado, Edusuerte actualmente funge como víctima en 16 procesos penales por la conducta punible de "ejercicio ilícito de actividad monopolística de arbitrio rentístico”.

A pesar de que existen un total de 37 procesos en el archivo de la entidad, solo 15 se encuentran en etapa de juicio, 10 en indagación, ocho se encuentran inactivos y cuatro han terminado por sentencias o pre acuerdos.

Los visitadores de punto de Edusuerte revisan mensualmente los más de 1.800 puntos de venta de la concesionaria en el departamento, para verificar aspectos técnicos de rutina y protocolos de seguridad.

Para más información: www.edusuerte.gov.co.

gerencia@edusuerte.gov.co  

info@edusuerte.gov.co.

Teléfono: 3102688145

PBX 3007000 Ext 434

*Con información de la Gobernación del Atlántico

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