Desde el sábado rige nueva resolución sobre uso de cascos protectores de motociclistas
Agencia Nacional de Seguridad Vial recuerda que es para proteger la vida de quienes viajan en esos vehículos.
Desde este sábado 23 de enero comienza a regir una resolución del Ministerio de Transporte, que establece las condiciones mínimas para el uso del casco protector para conductores y acompañantes de motocicletas, motociclos, mototriciclos, motocarros y cuatrimotos, con el fin de garantizar y proteger la vida de los usuarios de estos vehículos.
La medida busca disminuir y evitar traumas craneoencefálicos a los usuarios de motocicleta involucrados en un siniestro vial, y, por lo tanto, muertes o lesiones, establece tres condiciones vitales para el uso de este elemento personal de protección.
El director de la Agencia Nacional de Seguridad Vial, Luis Lota, destacó que esta nueva resolución es una herramienta más que contribuirá notablemente a salvar las vidas de los motociclistas en las vías porque se alinea con las recomendaciones de la Organización Mundial de la Salud (OMS) referente a la necesidad de contar con normas enfocadas a la calidad y el uso adecuado de estos elementos.
El Gobierno Nacional hizo un vehemente llamado tanto a los usuarios como a los acompañantes de motocicletas, motociclos, mototriciclos, motocarros y cuatrimotos, para que usen de manera adecuada y correcta el casco de protección cuando realicen sus desplazamientos por las carreteras del territorio nacional.
Condiciones del casco
La primera condición consiste en que la cabeza del usuario de motocicleta debe estar totalmente inmersa en el casco, es decir, debe ocupar toda su cavidad interna para ofrecer la mayor protección posible según su diseño de fabricación. Esto implica que, el casco, debe estar bien abrochado a través de su sistema de retención, sin correas rotas, ni broches partidos e incompletos.
Una segunda medida también de gran importancia establece que no se podrán portar dispositivos móviles de comunicación o teléfonos que se interpongan entre la cabeza y el casco, excepto si son utilizados con accesorios o equipos auxiliares que permitan tener las manos libres.
Por último, en tercer lugar, la medida indica que, para el caso de los cascos con cubierta facial inferior movible, conocidos comúnmente como Abatibles o Modulares, la misma siempre debe ir totalmente cerrada y asegurada.
“El uso correcto del casco es una de las medidas más efectivas para prevenir fatalidades y mitigar la gravedad de lesiones en conductores y acompañantes de motocicleta, pero solo es efectivo cuando se usa de forma correcta. Acatando estas 3 condiciones mínimas contempladas en la resolución, nos protegemos más en las vías”, indicó Lota.
El funcionario precisó y aclaró que la norma no obliga a cambiar los cascos que se utilizan actualmente. “Lo que si recomendamos es reemplazarlo cuando haya sufrido golpes considerables, se encuentre en mal estado o el sistema de retención presente daños o averías que no permitan asegurarlo de manera adecuada”, explicó.
Con la expedición de esta resolución, el país, además de contar con un Reglamento Técnico para la fabricación, importación y comercialización de cascos, contenido en la Resolución 1080 de 2019 y dirigido hacia los fabricantes, importadores y comercializadores, ahora cuenta con condiciones mínimas que los motociclistas deben tener en cuenta al momento de circular en las vías.
Según el más reciente informe preliminar del Observatorio Nacional de Seguridad Vial, entre enero y diciembre de 2020 fallecieron en Colombia 5.458 ciudadanos en accidentes de tránsito.
Recomendaciones
La Agencia Nacional de Seguridad Vial invita a los usuarios de motocicletas a adoptar las siguientes buenas prácticas como:
Adquirir cascos certificados
Tener en cuenta la talla al momento de usar un casco.
Evitar usar el casco de otro conductor.
Mantenerlo limpio y desinfectado en el interior y exterior.
No exponerlo a golpes o caídas.