Imagen de referencia de un pasaporte.
Imagen de referencia de un pasaporte.
Foto
Cancillería.

Share:

Cuando menores tramiten tarjeta de identidad no tendrán que cambiar su pasaporte

Tampoco al cumplir la mayoría de edad.

Comenzó un cambio en el trámite de los pasaportes en los menores edad. La Cancillería informó que “no tendrán que cambiar su pasaporte cuando tramiten su tarjeta de identidad o pasen a tener la mayoría de edad, gracias a la Resolución 12880 del 12 de diciembre 2024, emitida por el Ministerio de Relaciones Exteriores”.

La norma modifica el artículo 15 de la Resolución 6888 de 2021, que exigía la actualización del documento de viaje cuando el menor de edad cumplía siete años o alcanzaba la mayoría de edad. 

“Esto sucedía porque, al momento de emitir la tarjeta de identidad o la cédula, el número de identificación cambiaba para cada caso”, informó la Cancillería.

Lea también: Funcionarios de Cancillería rechazan designación de Daniel Mendoza como embajador. 

No obstante, desde la implementación en 2004 del Número Único de Identificación Personal (NUIP) por parte de la Registraduría Nacional del Estado Civil, desde el momento en que los menores de edad se encuentran registrados e incorporados en la Base de Datos de esa entidad, quedan con un NUIP asignado que aplicará tanto para la tarjeta de identidad como para la cédula de ciudadanía. 

“Se trata de un número de identidad único que lo acompañará a lo largo de su vida, por lo que no sería necesario hacer una actualización del pasaporte cuando el menor cumpla los siete años o cuando alcance la mayoría de edad”, explicó la Cancillería en un comunicado.

La Cancillería recordó a la ciudadanía que “el trámite de pasaporte lo puede hacer en cualquiera de las dos sedes de Pasaportes de la Cancillería, además de los seis CADES y SuperCADES habilitados en la capital colombiana, así como las sedes de expedición en las gobernaciones del país. De igual forma, si solicitó su documento de viaje después de noviembre de 2017, puede volver a pedirlo en línea a través de la página web del ministerio: www.cancilleria.gov.co”.


 

Más sobre este tema: