Corte ordenó reajustar metodología de cálculo para la UPC de 2025
Declaró insuficiencia general en el componente de suficiencia de la UPC.
La Sala Especial de la Corte Constitucional declaró incumplimiento general frente al componente de suficiencia de la Unidad de Pago por Capitación (UPC), declaró insuficiencia en la cifra fijada para el 2024 (12,01%) y ordenó reajustar la metodología para 2025, en un plazo máximo de 10 días.
Es por eso que le ordenó crear una mesa de trabajo con participación de diferentes entidades y actores del sector salud, cuyo objetivo principal es revisar la UPC de 2024, conforme a unos parámetros mínimos que deberá establecer la cartera de salud con apoyo de los integrantes de la mesa.
"Allí se deberá analizar el rezago existente en el valor de la UPC a partir del 2021 para efectuar el reajuste de la prima por cada vigencia desde ese periodo, a saber, 2021, 2022 y 2023. Además, se deberá establecer la forma cómo se reconocerá a las EPS el reajuste de la UPC de 2024, e indicar los porcentajes y fechas máximas de pago".
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¿Por qué tomó esta decisión?
"El Ministerio de Salud no ha avanzado en la superación de las fallas identificadas en el sistema de información al interior del sistema de salud detectadas desde el Auto 411 de 2016, las cuales impiden calcular una UPC suficiente", señaló la Corte.
Argumentó que no existe un mecanismo para contrastar los datos reportados por las EPS con los que se calcula la UPC, las frecuencias de uso de los servicios en salud registrada no son confiables y la información empleada para efectuar el cálculo en ambos regímenes no es suficiente ni de calidad.
"La Corte concluyó que el Ministerio no ha demostrado la suficiencia de la UPC. La Sala encontró que el mecanismo para fijar la UPC requiere ser actualizado e incluir nuevas variables. Así mismo, es necesario revaluar la forma en que se incluyen algunos factores en el cálculo como a) la siniestralidad, b) la inflación, c) las destinaciones específicas y d) las inclusiones y el rezago existente en su valor", explicó el alto tribunal.
La Sala consideró que esta insuficiencia puede afectar los montos mínimos que exige la ley que las EPS tengan en sus cuentas, y aunque el Ministerio alega uso indebido de la UPC no entrega las pruebas de esto para que se inicien las investigaciones correspondientes.
"Se mantiene el retroceso en la orden de equiparar el valor de la UPC del régimen subsidiado en un 95 % al valor de la UPC del régimen contributivo, pues desde 2022 las primas para ambos regímenes cuentan con una diferencia de 13,02 %. Con ello se incumple lo ordenado en el Auto 411 de 2016, en razón a que el Ministerio debía realizar dicha equiparación, hasta que no demostrara la suficiencia de la UPC", agregó.