En el curso de la investigación se demostró que Lacouture Armenta declaró la inexistencia de la ciénaga de Amanzaguapos, Dividivi y Caño Viloria.
En el curso de la investigación se demostró que Lacouture Armenta declaró la inexistencia de la ciénaga de Amanzaguapos, Dividivi y Caño Viloria.
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Al Poniente

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Condenan a exsubgerente del Incoder por adjudicar ilegalmente a particulares

Declaró la inexistencia de una ciénaga.

La Fiscalía General de la Nación informó este miércoles la condena de 120 meses de prisión (10 años) en contra del exsubgerente Nacional de Tierras del Instituto Colombiano de Desarrollo Rural (Incoder), José Ignacio Lacouture Armenta, por la “desaparición” de la ciénaga de Amanzaguapos, Dividivi y Caño Viloria, en San Marcos (Sucre).

"En la misma decisión fueron condenados cuatro exfuncionarios más de la extinta entidad, ellos son: Juan Heredia Fernández y Alfredo Eugenio Sánchez Jiménez, de la subgerencia de Tierras; el abogado Julio Alberto Acosta Felizola, y el topógrafo José Rodolfo Castro Arias. Luego de acoger la petición de un fiscal de la Dirección Especializada contra la Corrupción, el Juzgado Noveno Penal del Circuito de Bogotá condenó a los procesados por los delitos de peculado por apropiación y peculado por apropiación en favor de terceros", se lee en un comunicado de la Fiscalía.

Según el ente investigador, "en el curso de la investigación se demostró que Lacouture Armenta declaró la inexistencia de la ciénaga de Amanzaguapos, Dividivi y Caño Viloria, mediante la expedición de la Resolución 2437 de 2010, con el propósito de favorecer a particulares e impedir el aprovechamiento comunal de la tierra y de los espejos de agua".

El material probatorio recopilado - dijo la Fiscalía- evidenció que el exdirectivo reunió esfuerzos, con varios abogados, para adelantar un proceso administrativo de deslinde que fijó los límites y la titularidad del terreno que, aunque pertenecía a la Nación, pasó a manos de un particular, propietario de un área aledaña. Esta actuación irregular generó la desaparición jurídica de la reserva.

La decisión es condena en primera instancia

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