El vehículo adquirido y que resultó con averías.
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Compró un carro, resultó con fallas y el concesionario no le responde

Desde hace dos años viene reclamándole a los vendedores y ante la reiterada negativa les interpuso demanda de Acción de Protección al Consumidor.

La compra de un vehículo, hace dos años, le ha significado a Luis Mauricio Blanco Mejía un verdadero ‘Vía Crucis’, antes que una solución para satisfacer las necesidades de transporte.

El 14 de junio de 2014 adquirió un Mercedes Benz a través de un contrato de compraventa con Alemana Automotriz S.A., concesionario autorizado en Barranquilla, por Daimler Colombia S.A., representante de dicha marca en Colombia.

El precio pactado fue de 97 millones 600 mil pesos y una garantía de 5 años o 100.000 kilómetros, lo que ocurriese primero.

Sin embargo, un mes y cuatro días después comenzó el calvario cuando tuvo que llevar el vehículo al taller de Alemana Automotriz S.A., por un sonido anormal en la puerta delantera derecha del automóvil. Allí fue valorado y el día 17 de julio de 2014 regresó nuevamente al taller, con el fin de que fuese ejecutado el arreglo programado, consistente en desmontar y montar el revestimiento de la puerta delantera y el módulo de primera puerta derecha.

De ahí en adelante el vehículo fue llevado 7 veces al taller por diferentes fallas.

Ante las reiteradas fallas en las condiciones de idoneidad del vehículo ofrecidas por el fabricante y el distribuidor y las recurrentes visitas al taller para revisión y garantía, el 15 de mayo Blanco Mejía acordó con Eugenio Butnaru, gerente de posventa y Juan Delgado, gerente comercial, someter el vehículo a un dictamen realizado por un tercero imparcial, con el fin de confirmar o desvirtuar el presunto vicio de calidad en el vehículo.

El tercero imparcial escogido por las partes fue Colserauto, una empresa con presencia a nivel nacional y alto desarrollo tecnológico, dedicada a brindar servicios en soporte técnico automotor al sector asegurador, corporativo y a particulares. Colserauto dictaminó las condiciones del vehículo y sugirió verificar estado de terminales de dirección.

No obstante, debido a las reiteradas fallas del vehículo y ante su elevada inconformidad, el comprador radicó una reclamación dirigida al Gerente de Alemana Automotriz S.A, Juan Carlos Delgado, solicitando la devolución del dinero o el cambio del vehículo.

La respuesta de la concesionaria fue definitiva y negativa, bajo el argumento de que el vehículo no presentaba de fallas o problemas de calidad irreparables que implicara el cambio del bien.

Luego, el vehículo regresó tres veces más al taller, la última de ellas desde el 28 de septiembre hasta el 18 de noviembre de 2015.

“Hasta ese momento, eran claras y evidentes las fallas en la calidad del vehículo adquirido, sin embargo, luego de extender todas las inconformidades  a Daimler Colombia S.A, el día 2 de diciembre de 2015 enviaron un técnico desde Bogotá, quien concluyó que el vehículo presentaba un sonido y además afirmó era un típico caso en el cual el vehículo debía ser cambiado, lo cual además comunicó verbalmente a los representantes del concesionario”, señala en la demanda.

Ante la negativa de Alemana Automotriz S.A. el día 16 de enero de 2016 obtuvo un segundo dictamen de Colserauto donde se certificó por su personal técnico que el vehículo presenta ruido en el sistema suspensión delantero, se sugirió revisar bujes de amortiguadores y muelles, hecho que fue costeado por Blanco Mejía por la suma de 2 millones 420 mil 595 pesos.

Pese a ello, asegura, los representantes del concesionario se mostraron renuentes a hacer efectiva la garantía del vehículo.

“Teniendo en cuenta el estado del vehículo y las fallas reiteradas que presento el mismo desde su compra, el presunto ofrecimiento comercial del cual no existe prueba alguna se torna en una practica arbitraria de parte del vendedor del producto respecto del consumidor toda vez que de llevarse a cabo menoscabaría los intereses económicos del señor Luis Blanco”, precisa la demanda.

“El vehículo fue adquirido con el fin de satisfacer las necesidades de transporte de mi poderdante. Han sido evidentes y evidenciadas las fallas en la calidad que ha presentado el vehículo desde su compra, y el alto nivel de insatisfacción que presenta mi poderdante con el bien adquirido debido al sin número de reparaciones e intervenciones técnicas que ha tenido el vehículo. Es así como nace la facultad para que una vez se verifique la reiteración en la falla que presenta el bien, pueda el consumidor, en este caso el señor Luis Blanco, exigir el cambio del bien por uno que verdaderamente le brinde satisfacción y buenas condiciones de calidad o desistir de la compra, solicitando la devolución del dinero invertido en un bien que no cumplió la condición debida de calidad”, argumenta su apoderado judicial.

En consecuencia, en la demanda plantea las siguientes pretensiones: que se declare que entre Alemana Automotriz S.A, en calidad de vendedor y Luis Mauricio Blanco Mejía, en calidad de consumidor, existió un contrato de compraventa cuyo objeto fue un vehículo de servicio particular, sedán marca Mercedes Benz; que son solidariamente responsables del cumplimiento de la garantía legal que cobija al contrato de compraventa;  que se condene a las sociedades a titulo de efectividad de la garantía, a la reposición o cambio del vehículo por un bien de las mismas características o uno equivalente dentro de los diez (10) días siguientes a la fecha en que se profiera sentencia que ponga fin al presente litigio; que por tratarse de un bien sujeto a registro y como consecuencia de la reposición o cambio del vehículo se condene a las sociedades demandadas a cubrir todos los gastos a los que haya lugar por la tradición del vehículo dado en reposición, esto es, gastos de matricula y seguro obligatorio.

Igualmente, que se condene a las demandadas por concepto de indemnización de perjuicios, por los gastos en que ha incurrido Blanco Mejía.

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