El Ministro de Minas, Tomás González, y el director de la CREG, Jorge Pinto, reunidos con dirigentes de la Costa Caribe.
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Zona Cero

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Cómo fue el engaño presidencial a la Costa Caribe con las tarifas del gas

La decisión final de la CREG fue un sofisma de distracción para meterle “gato por liebre” a la Región.

La Resolución 213 del 30 de noviembre, expedida por la Comisión de Regulación de Energía y Gas (CREG), como producto de las discusiones con la dirigencia costeña, terminó resultando un contentillo.

No de otra forma se entiende la manera cómo fue redactada dicha Resolución por parte de los expertos de la CREG, comisión que preside el Ministro de Minas Tomás González Estrada pero que delega al Viceministro de Energía, Carlos Fernando Eraso Calero.

En la práctica, la aplicación de la Resolución, lejos de convertirse en la esperada solución, es apenas un “saludo a la bandera”, tal como lo demuestra la negativa de la petrolera estadounidense Chevron Corporation para acogerse a ella, por encima de lo manifestado por el Gobierno Nacional y además de los intereses de la Región Caribe.

Para la dirigencia Caribe lo inexplicable es que el Ministro Tomás González jamás dijo que la aplicación de lo acordado quedaba condicionado al “mutuo acuerdo” entre las partes, por lo que se dedujo que sería obligatorio para el productor.

Como consecuencia de la resolución, el hecho de no hacer obligatorio el acuerdo es lo que le permite a Chevron negarse a acogerse a la nueva fórmula.

Entonces, ¿quién engañó a quién? ¿Será que el Ministro de Minas acordó con la Costa sin autorización de Chevron? ¿O Chevron engañó al Ministro? ¿Qué acuerdo hay o hubo entre el Ministro y Chevron?

Lo cierto es cuando inicialmente el  Ministro Tomás González propuso que la fórmula de indexación tuviese como componente un 20% del WTI (precio internacional del gas), no hubo ningún tipo de oposición por parte de Chevron.

Como tampoco hubo oposición de Chevron cuando finalmente se acordó el 35% para el mismo componente.

De ahí que el principal interrogante que surge es: ¿será que siempre las fórmulas o los precios le favorecían a Chevron? ¿O será que Chevron sabía de antemano que cualquier modificación a la fórmula de indexación no iba a ser obligatoria para ellos?

Más inexplicable resulta el hecho de que la misma Chevron, con los contratos vigentes, ha pactado una cláusula denominada “mecanismo de actualización de precios”, que textualmente señala: “El índice de actualización será el definido en el Anexo 4 de la Resolución CREG 089 de 2013 o aquellas normas que lo modifiquen, adicionen, deroguen o sustituyan y la actualización se realizará en las fechas estipuladas en la mencionada Resolución o aquellas normas que la modifiquen, adicionen, deroguen o sustituyan”.

Igualmente, Chevron tiene pactada la “fórmula de actualización”, de la siguiente manera: “El precio definido en el numeral V de la carátula se actualizará anualmente el 1º de diciembre de cada año con los valores resultantes de aplicar las ecuaciones establecidas en el Anexo 4 de la Resolución CREG 089 de 2013, o la norma que la modifique, sustituya o adicione”.

Lo sorprendente es que finalmente la CREG expidió la Resolución 213 con un título que cambió todas las reglas del juego, en un claro engaño para la Región Caribe. La Resolución fue titulada: “Por la cual se establece una opción para acoger valores predeterminados de los factores alfa (a) y beta (PJ definidos en el numeral 2 del Anexo 4 de la Resolución CREG 089 de 2013., modificada por la Resolución CREG 105 de 2015”.

En otras palabras, para el Ministro de Minas y la CREG no hubo acuerdo con la dirigencia costeña para modificar la fórmula, sino para establecer una opción, que como tal, no es ni será obligatoria, lo cual está totalmente alejado de lo convenido en las múltiples discusiones con gremios y bancada costeña en el Congreso.

Todo ello significa que la decisión final de la CREG sólo fue un sofisma de distracción para meterle “gato por liebre” a la Región Caribe.

 

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