William Dau Chamat, alcalde de Cartagena.
William Dau Chamat, alcalde de Cartagena.
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Alcaldía de Cartagena

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"Aquarela, ese edificio que ustedes ven allá, que está en obra; ese lo voy a tumbar yo"

Tras concepto jurídico. El costo de la demolición de este edificio puede oscilar entre $2 mil y $3 mil millones

El alcalde de Cartagena, William Dau Chamat, solicitó a la Unidad Nacional para la Gestión del Riesgo de Desastres, UNGRD, una hoja de ruta que permita establecer las fases a seguir para la restitución del espacio público, frente al tema del edificio Aquarela y su demolición.

"Aquarela, ese edificio que ustedes ven allá, que está en obra, ese, lo voy a tumbar yo, lo voy a tumbar con las autoridades obviamente", dijo.

Dijo que "después de una conversación con la Ministra de Cultura, la UNGRD y la Agencia Nacional de Defensa Judicial y varios funcionarios, estamos dando la luz verde para proceder con el proceso de demolición del Acuarela".

"Firmamos una carta al a UNGRD para el plan de acción, que ellos tienen bastante adelantado", agregó.

El costo de la demolición de este edificio puede oscilar entre $2 mil y $3 mil millones, que serán aportados, en su mayoría, por la Unidad Nacional para la Gestión del Riesgo, el Ministerio de Cultura, y la Administración Distrital.

En el proceso se minimizará el riesgo para los vecinos y la infraestructura histórica en los alrededores, como el Castillo de San Felipe.

 En el marco del convenio suscrito entre la Alcaldía Mayor de Cartagena y la Agencia Nacional de Defensa Jurídica del Estado (ANDJE), la Administración local recibió el concepto jurídico sobre el caso Aquarela.

Entre sus recomendaciones, la ANDJE considera que la edificación debe ser destruida por completo, como quiera que existe una orden de demolición vigente que se encuentra contenida en las resoluciones 001 proferida por el Inspector de Policía 2 de Cartagena y 7589 de 2018, proferida por la Secretaría del Interior y Convivencia, que ordenaron la restitución del espacio público ocupado indebidamente por la construcción. 

Por esta razón, la acción que procede es la demolición de la edificación, como lo establece el artículo 194 del Código Nacional de Seguridad y Convivencia Ciudadana.  Además, se indica que técnicamente las propuestas de la Promotora Calle 47, constructora del proyecto Aquarela, no aportaron condiciones de seguridad que garanticen que no habrá afectaciones en la edificación y viviendas aledañas, igualmente, jurídicamente, la demolición parcial es inviable.