Concejo de Soledad.
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48 horas para elegir Contralor de Soledad, ordena juez de tutela al Concejo

Negó la recusación.

El Juez Segundo Civil Municipal de Soledad, Hernando Estrada Peña, ordenó a la Mesa Directiva del Concejo de Soledad, para que "en 48 horas""sin dilaciones", convoque una sesión y continúe con el concurso de méritos para elegir Contralor Municipal de Soledad.

El fallo del juez, según el resuelve, abarca ocho puntos en concreto. El primero hace referencia a  "conceder de manera transitoria la presente acción de tutela presentada por el doctor Jorge Carlos María Díaz contra la mesa directiva municipal de soledad por los derechos fundamentales al debido proceso administrativo".

La providencia "deja sin efecto el acto administrativo 00 6 del 7 de enero del 2020 mediante el cual la mesa directiva del Concejo revocó los actos administrativos concernientes a la convocatoria del concurso de méritos".

"Como consecuencia ordena a la mesa directiva del Concejo Municipal de Soledad, Atlántico, continuar con el concurso de méritos en el estado en que se encontraba antes del acto administrativo 006 del 7 de enero del 2020 por lo expuesto en la parte considerativa  de la presente sentencia", se lee en la decisión.

El Juez ordena que "dentro de las 48 horas siguientes contados a partir de la notificación de esta sentencia,  convoque a los concejales a una sesión a efecto de que continúe con el procedimiento de concurso de méritos, esto es, elección de Contralor Municipal de Soledad, con fundamento en la lista que contiene la terna contenida en el acto administrativo 072 del 20 de diciembre del 2019, sin más dilaciones que no den superar los 10 días hábiles".

Y también se lee:  "desvincular del proceso de tutela al municipio de Soledad y la corporación Ideas". Esta firma en particular fue cuestionada por la falta de capacidad para hacer las prueba- para el caso del Contralor- , porque no tiene alta acreditación ante el Ministerio de Educación como lo exige la Ley 1904 de 2018. 

El fallo rechaza de plano "la recusación presentada por el señor Dairo Cárdenas" y se menciona que "la medida cautelar ordenada se convierte en definitiva".

Fallo.