El delantero colombiano Radamel Falcao fue uno de los señalados de promover el "pacto".
El delantero colombiano Radamel Falcao fue uno de los señalados de promover el "pacto".
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Zonacero

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FIFA confirma que recibió reclamación por presunto amaño en Perú-Colombia, pero no resuelve

No informó sobre alguna decisión respecto a la solicitud presentada por el abogado Luis Rendón Escobar.

La incertidumbre no fue extinguida. La Fifa se pronunció ante la demanda formulada por el abogado chileno Luis Rendón Escobar, quien alega que hubo un pacto entre Perú y Colombia, en la última fecha de las Eliminatorias.

El ente regulador del fútbol mundial le respondió al abogado con una carta informativa, en la que confirmó que recibió la denuncia, pero no estableció ninguna sentencia o decisión acerca de esta misma, dejando en el ambiente una sensación de dudas.

Rendón Escobar solicitó que los dos equipos sean descalificados del campeonato Mundial de Rusia 2018 o en su defecto que se le restaran puntos debido al “pacto de no agresión” realizado en los minutos finales del juego disputado en el estadio Nacional de Lima, el pasado 10 de octubre.

"Acusamos recibo de su correspondencia respecto de supuestas irregularidades durante eI partido de Ia competición preliminar de Ia Copa Mundial de la FIFA Rusia 2018 disputado entre Perú y Colombia el 10 de octubre de 2017, cuyo contenido ha sido debidamente analizado", señala la carta en su inicio, la cual es firmada por Wilma Ritter, secretaria adjunta de la Comisión Disciplinaria de la FIFA.

El documento agrega que "aI respecto, observamos que Usted solicita que 'se tenga por interpuesta denuncia ante Ia Comisión de Disciplina de Ia FIFA, abrir una investigación de los hechos que incluya las diligencias que se solicitarán en un otrosí y en definitiva, excluir de Ia competición en el Campeonato Mundial de Fútbol a realizarse el año 2018 a los equipos de Colombia y Perú o, en subsidio, sustraer ambos los puntos obtenidos antideportiva e ilícitamente'”

En el párrafo siguiente, la Fifa señala que "en ese sentido, nos gustaría recordarle que, de acuerdo con Io establecido en el art. 108 apdo. 1 del Código Disciplinario de Ia FIFA (CDF), las infracciones disciplinarias son generalmente perseguibles de oficio. Asimismo, de acuerdo con eI art. 108 apdo. 2 del CDF, cualquier persona o autoridad puede comunicar a los órganos jurisdiccionales competentes las conductas que consideren contrarias a Ia reglamentación de Ia FIFA".

"En ese contexto, le informamos que, la facultad de comunicar las conductas que puedan ser consideras contrarias a la reglamentación de Ia FIFA, no confieren Ia condición de parte en caso de que un hipotético procedimiento disciplinario fuese iniciado", continúa la carta.

Por último, señala que este documento emitido es de carácter informativo, por lo que se deduce que el proceso será sometido a investigación.