La Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH) recomendó Colombia suspender decisiones administrativas como las que destituyeron e inhabilitaron a Gustavo Petro.
La Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH) recomendó Colombia suspender decisiones administrativas como las que destituyeron e inhabilitaron a Gustavo Petro.
Foto
EFE

Share:

CIDH recomienda a Estado colombiano revocar sanción a exalcalde Gustavo Petro

Son las decisiones disciplinarias como las que destituyeron e inhabilitaron al exalcalde de Bogotá.

La Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH) recomendó al Estado colombiano suspender decisiones administrativas como las que destituyeron e inhabilitaron al exalcalde de Bogotá Gustavo Petro, informó hoy el Colectivo de Abogados José Alvear Restrepo (CCAJAR).

"Dejar sin efecto los actos administrativos sancionatorios que impusieron sanciones de inhabilitación al señor Gustavo Francisco Petro Urrego, de forma tal que pueda ejercer libremente sus derechos políticos, incluyendo su derecho al sufragio pasivo", señala una de las recomendaciones de la CIDH, que fueron notificadas al interesado y divulgadas hoy por el Colectivo de Abogados.

Asimismo, se pide "adecuar la normativa penal para asegurar que no se incluyan las referencias a la vía disciplinaria o fiscal en los tipos penales relacionados con la elección de personas inhabilitadas".

La sanción a la que se refiere la CIDH se remonta a 2014 cuando la Procuraduría General de la Nación inhabilitó por 15 años a Petro para el ejercicio de cargos públicos.

El órgano de control indicó entonces que las razones de su decisión en contra del exmandatario local eran "tres faltas gravísimas" que cometió en el proceso de contratación del servicio de recolección de basuras en Bogotá.

Inicialmente, la CIDH dictó en 2014 medidas cautelares para cobijar a Petro y manifestó que este debía regresar a su cargo.

Por ello, en la recomendación que la CIDH tomó en el período de sesiones que realizó en Uruguay en octubre pasado y que notificó al Estado el 7 de noviembre, la comisión reiteró que la inhabilidad para ejercer cargos públicos en Colombia solo puede darse por una condena de un juez penal, no por sanciones administrativas o fiscales.

En consecuencia, la CIDH le dio al Estado colombiano un plazo de dos meses para acatar las sugerencias que fueron hechas con base en el artículo 50 de la Convención Americana de Derechos Humanos.

A partir de la notificación, lo que sigue es esperar que el Estado cumpla el plazo dado para adoptar las recomendaciones contenidas en el informe, que es de carácter confidencial.

Sin embargo, el Estado puede pedir extensiones de ese plazo y en la medida en la que demuestre que está avanzando en el cumplimiento, la CIDH está facultada para otorgarlas las veces que considere pertinente.

Según este escenario, Gustavo Petro puede inscribir su candidatura a la Presidencia de la República para las elecciones de 2018 y posesionarse sin problemas de resultar elegido en las urnas.

El pasado 20 de septiembre se conoció una encuentra elaborada por la firma YanHaas S.A en la cual se reveló que el exvicepresidente Germán Vargas Lleras y Petro lideran las preferencias para las votaciones del próximo año con un 11 % y un 9 %, respectivamente. 

EFE 
 

Más sobre este tema: