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¿Qué deben decidir todos los partidos políticos antes del 7 de septiembre?

Con bombos y platillos el Gobierno anterior sancionó la Ley 1908 de 2018 a través de la cual se reglamentó el denominado Estatuto de la Oposición, con el objeto de regular el ejercicio del derecho fundamental a la oposición de los partidos y movimientos políticos, buscando con ello establecer las condiciones necesarias para que tales organizaciones puedan proponer alternativas políticas, disentir, criticar, fiscalizar y ejercer libremente el control político a la gestión de Gobierno.

Ahora bien, por cuenta de la nueva ley, todos los partidos están obligados a presentar una declaración política ante el Consejo Nacional Electoral – tratándose del orden nacional, pues al nivel territorial se prevén otras competencias-, hasta antes del próximo 7 de septiembre de este año – señala la ley que esa manifestación se hará un mes después de la fecha de posesión del Presidente de la República-, en la que deberán manifestar si se declaran en oposición, como independiente o como organización de Gobierno. Dependiendo del tipo de declaración que emitan cada uno de los partidos políticos, así será el alcance de los derechos que la nueva ley les reconoce.

De este modo y para el caso de los partidos políticos que opten por declararse en oposición, la nueva ley, les otorga, entre otros derechos, a: (i) obtener financiación estatal adicional para el ejercicio de la oposición; (ii) acceder a los medios de comunicación social; (iii) el derecho de réplica; (iv) participar en las mesas directivas de las corporaciones públicas de elección popular: (v) participar en la agenda de las corporaciones públicas; (vi) acceder a la información y documentación oficial. A su vez, la reciente normativa, crea un novedoso mecanismo denominado la acción de protección de los derechos de oposición, que será tramitada ante el Consejo Nacional Electoral y que busca, precisamente, asegurar el pleno ejercicio de tal derecho por parte de las organizaciones políticas.

Por su parte, tratándose de los partidos políticos que se definan como independientes, los mismos, gozarán también de ciertos derechos – en forma más limitada que a los de oposición-, tales como: i) participar en las herramientas de comunicación de las corporaciones públicas; ii) postular candidatos a las mesas directas de las corporaciones públicas en ausencia de partidos declarados en oposición o por ausencia de postulación de tales movimientos; (iii) elección de un miembro de la Comisión Asesora de Relaciones Exteriores en la Cámara de Representantes. Ahora bien, para los directivos y representantes de los partidos políticos declarados como independientes, se les creó una inhabilidad especial temporal por 12 meses para desempeñar cargos que impliquen el ejercicio de autoridad civil, política o administrativa en el Gobierno.   

Esta semana entrante será de mucho movimiento en el Congreso de la República, pues luego de evacuar en el mes de agosto las elecciones del Contralor General y de los miembros del Consejo Nacional Electoral, ahora la atención de los partidos y movimientos políticos se centra en la definición de la declaración política que deben rendir por cuenta de la nueva ley (oposición, independencia o de Gobierno), de la cual dependerá la suerte del rumbo que cada organización emprenderá en los próximos 4 años. En todo caso, es importante precisar que dichos movimientos políticas cuentan con la posibilidad de modificar su declaración partidaria por una sola vez y durante el periodo de Gobierno.

Todas las reglas anteriores, igualmente, resultarán aplicables en las gobernaciones, alcaldías, asambleas, concejos y juntas administradoras locales. De la misma forma, las autoridades encargadas del depósito y registro de las declaraciones políticas serán las registradurías distritales y municipales. 

Esperamos entonces que estas nuevas reglas del Estatuto de la Oposición, redunden en beneficio de la democracia, la disciplina y el fortalecimiento de los partidos políticos pues sin dudas son el instrumento a través del cual se canaliza la voluntad del pueblo colombiano. Comentarios y sugerencias al correo mrtamayo@hotmail.com