Alicia Arango, ministra de Trabajo, saluda a trabajadores del Ministerio.
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Prensa MinTrabajo

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Trabajadores independientes y contratistas pagarán ahora la seguridad social mes vencido

A partir del mes de octubre de 2018.

"A partir del mes de octubre de 2018, el pago de las cotizaciones al Sistema de Seguridad Social de los trabajadores independientes y contratistas debe pagarse mes vencido, por periodos mensuales, a través de la Planilla Integrada de Liquidación de Aportes, PILA y teniendo en cuenta los ingresos percibidos en el periodo de cotización, es decir, el mes anterior".

Así lo establece el decreto 1273 de 2018, sostiene el Ministerio de Trabajo, que indica que los aportes correspondientes al mes de septiembre deben pagarse en el mes de octubre en los plazos establecidos en el Decreto 1990 de 2016 de acuerdo con los dos últimos dígitos de su documento de identificación.

La ministra del Trabajo, Alicia Arango Olmos, señaló: “Estamos totalmente complacidos con la entrada en operación de la medida adoptada sobre el pago al Sistema de Seguridad Social por parte de los trabajadores independientes y contratistas, que le permitirá antes de pagar la Seguridad Social, contar con los honorarios respectivos”.

Y añaden en un comunicado: "Durante el mes de septiembre las EPS y ARL no podrán negar la prestación de los servicios".

El Ministerio de Trabajo aclaró que "la retención y el pago de aportes por parte de las entidades contratantes, iniciará a partir del 1 de junio de 2019".

 

 

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