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Supertransporte conmina a Uber a no prestar servicios hasta cumplir con legislación colombiana

Advierte que “se expone a multas sucesivas de hasta 500 salarios mínimos mensuales legales vigentes”.

La orden hace referencia a la conducta de Uber Colombia S.A.S., que con el concurso de otras sociedades promociona y facilita la prestación, por parte de terceros, de servicios de transporte no autorizados. Su incumplimiento podrá acarrear multas sucesivas de hasta 344 millones de pesos, cada una.

A partir de las reiteradas quejas de algunos ciudadanos e instituciones, con respecto a la prestación ilegal de servicios de transporte ofrecidos a través de la plataforma UBER, y sobre la base de la sanción impuesta recientemente a Uber Colombia S.A.S. por facilitar la prestación de un servicio ilegal, la Supertransporte –en desarrollo de su función de control– conminó a la referida empresa a cesar la conducta antijurídica.

Conforme a la orden de la Delegatura de Tránsito y Transporte de la Superintendencia, la Sociedad Uber Colombia S.A.S. deberá suspender la facilitación y promoción –en todo el país– de la prestación de servicios de transporte no autorizados. La promoción a que se refiere incluye la divulgación a través de voceros o terceros, o de medios publicitarios de los servicios no autorizados que al público se ofrecen a través de la plataforma.

Cabe recordar que fue –precisamente– por facilitar la prestación de servicios ilegales, que la Supertransporte impuso en 2015 una sanción consistente en una multa de $451.045.000 a Uber Colombia S.A.S.: dicha decisión se confirmó en marzo del presente año.

En caso de resistirse a cumplir la orden, Uber Colombia S.A.S. se expone a multas sucesivas de hasta 500 salarios mínimos mensuales legales vigentes.

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