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Prohíben venta y consumo de sustancias psicoactivas en parques, plazas y zonas verdes

Alcaldía de Barranquilla expidió un decreto.

La Alcaldía de Barranquilla expidió el decreto 0343 de 2019, por medio del cual adopta medidas para garantizar la prevalencia de los derechos de los niños y adolescentes en elementos constitutivos de espacio público del Distrito. El acto administrativo, firmado por el alcalde Alejandro Char, prohíbe el expendio y consumo de tabaco, sustancias psicoactivas, estupefacientes o alcohólicas en parques, canchas y zonas verdes en Barranquilla.

El decreto tiene como objetivo principal asegurar las condiciones para el ejercicio de los derechos de los menores y prevenir la amenaza que genera para los niños y adolescentes el consumo de estas sustancias.

El acto administrativo enumera los 398 espacios donde aplicará la prohibición de expendio y consumo de las sustancias establecidas en la norma.

“Desde la Alcaldía de Barranquilla se están adoptando las medidas necesarias para que nuestros niños y jóvenes tengan espacios saludables y libres de este tipo de sustancias. Nuestra prioridad es la protección integral de sus derechos, por lo que trabajamos para que prime en el espacio público la recreación, el esparcimiento, el juego, el deporte, las actividades culturales y artísticas para los niños y adolescentes”, explicó el secretario distrital de Gobierno, Clemente Fajardo Chams.

El gerente de la Agencia Distrital de Infraestructura, Alberto Salah, manifestó que a través del programa ‘Todos al Parque’ se han recuperado más de 1.028.995 metros cuadrados, repartidos en las cinco localidades de la ciudad. Estos espacios son promovidos para la convivencia y el fortalecimiento del tejido social comunitario.

“Estamos complacidos de que podamos contar con herramientas que nos permitan garantizar la sostenibilidad de los espacios que hemos recuperado en nuestra Capital de Vida”, indicó Salah.

Quien incumpla la prohibición de expender o consumir tabaco, sustancias psicoactivas, estupefacientes o alcohólicas en los espacios públicos señalados en el citado decreto recibirá una sanción correctiva de multa general tipo 4, la suspensión temporal de la actividad y la destrucción del bien.

Por su parte, el jefe de la Oficina para la Seguridad y Convivencia Ciudadana, Yesid Turbay, señaló que quienes incurran en esta falta “serán retirados del sitio y trasladados por protección a la Unidad de Servicios en Convivencia y Justicia. Hemos tomado las previsiones para recibir a las personas que sean conducidas hasta el lugar”.
 
El decreto, en su artículo 4 parágrafo 4, explica que la prohibición de la norma aplicará también para los nuevos elementos constitutivos del sistema de espacio público que se construyan y que estén destinados como áreas articuladoras de espacio público y encuentro, tales como parques regionales o metropolitanos, distritales, zonales y locales, zonas de cesión gratuitas, y plazas y plazoletas.

Tal como lo explica la norma, las personas, familia y comunidad en general, tendrán la obligación y el compromiso de tomar parte activa en el logro de la vigencia efectiva de los derechos y garantías de los niños y adolescentes en los espacios públicos de que trata el acto administrativo y deberán colaborar con las autoridades administrativas y de Policía, dando aviso o denunciando los delitos o acciones que vulneren o amenacen los derechos de los menores.

El decreto 0343 de 2019 rige a partir de su publicación y deroga todas las disposiciones, de igual o menor jerarquía, que le sean contrarias.

*Con información de Alcaldía de Barranquilla

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