Superintendente Financiero, Jorge Castaño Gutiérrez.
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Monto de inembargabilidad en ahorros y en depósitos electrónicos, hasta $36.050.085

Regirá hasta el 30 de septiembre del próximo año.

Una circular de la Superintendencia Financiera divulgó los montos reajustados de los beneficios de inembargabilidad y exención de juicio de sucesión para la entrega de dineros para el periodo 1 de octubre de 2018 al 30 de septiembre de 2019.

La Superintendencia Financiera informó que el monto de inembargabilidad de las sumas depositadas en ahorros y en depósitos electrónicos será hasta $36.050.085, de acuerdo con el índice anual promedio de precios para empleados suministrado por el DANE entre el 1 de octubre de 2017 y el 30 de septiembre de 2018.

El de las sumas en "depósitos electrónicos, en la sección de ahorros, en cuentas corrientes, en cualquier otro depósito y en dineros representados en certificados de depósito a término y en cheques de gerencia, las cuales podrán entregarse directamente al cónyuge sobreviviente, compañero o compañera permanente, herederos o a uno u otros conjuntamente, sin necesidad de juicio de sucesión, hasta sesenta millones ochenta y tres mil cuatrocientos sesenta y nueve pesos ($60.083.469) moneda corriente".

Además, en otra circular, la níumero 65, recuerda las cuentas que son inembargables y no se podrán destinar ni utilizar para fines diferentes a los previstos constitucional y legalmente:

 -Los recursos del Sistema de Seguridad Social, entre estos los que administra la Entidad Administradora de los Recursos de Seguridad Social en Salud –ADRES, los ingresos por cotizaciones que recauden las EPS y los recursos públicos que financien la salud;
-Las rentas incorporadas en el Presupuesto General de la Nación, así como los bienes y derechos de los órganos que lo conforman;
-Los recursos del Sistema General de Participaciones –SGP;
-Las regalías; y-Los demás recursos a los que la constitución o la ley les otorgue tal condición.

Circular 64 de la Superinte... by on Scribd

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