Fidel Castaño Duque, Gerente de Gestión de Ingresos.
Fidel Castaño Duque, Gerente de Gestión de Ingresos.
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Distrito fijó los plazos y descuentos para pagar el impuesto predial 2019

Los contribuyentes pueden acogerse al 10% de descuento de su impuesto hasta el 28 de marzo.

El Distrito de Barranquilla, a través de la Gerencia de Gestión de Ingresos, dio a conocer los plazos y descuentos que estarán vigentes este año, de acuerdo con lo establecido por el Estatuto Tributario Distrital.

El Gerente de Gestión de Ingresos, Fidel Castaño Duque, informó que los contribuyentes del impuesto predial unificado que paguen la totalidad de la liquidación por el año gravable 2019 a más tardar el 28 de marzo tendrán derecho a un descuento del 10%.

Castaño Duque señaló que los propietarios que extiendan el pago hasta el 31 de mayo recibirán un beneficio del 5% de descuento, si cumplen con esta obligación tributaria.

Las personas que no puedan pagar la declaración a cargo en los plazos anteriores, lo podrán hacer sin descuento y sin intereses entre el 1 y el 30 de junio, indicó el funcionario distrital. Pero, a partir del 1 de julio el pago se hará con intereses de mora, de acuerdo a la tasa anual vigente que establezca el Gobierno Nacional.

Quienes quieran domiciliar el pago por intermedio de sus cuentas bancarias, ya sea corriente o de ahorro, en los términos del artículo 7 del Acuerdo 029 de 2017, tendrán un descuento del 2% del impuesto.

Así mismo, se podrán realizar acuerdos de pago sin intereses hasta el 31 de diciembre.

Quienes deseen pagar el impuesto predial antes de recibir la factura, que distribuirá la Gerencia de Gestión de Ingresos, pueden descargar su recibo por internet a través del portal web de la Alcaldía Distrital de Barranquilla www.barranquilla.gov.co.

El Gerente de Gestión de Ingresos, Fidel Castaño Duque, también informó que los pagos se pueden realizar en la red bancaria y en las cajas de Éxito,  Carulla y Pomona.

La facturación correspondiente se distribuirá a partir de la segunda quincena de febrero a las direcciones de los contribuyentes.

 

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