Ambas funcionarias fueron condenadas en primera instancia a 4 años y 2 meses de prisión.
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Corte Suprema revocó fallo absolutorio contra exfuncionarias de la Gobernación de Bolívar

Los hechos por los que fueron condenadas ocurrieron durante la ola invernal del año 2007 en Bolívar.

La Sala de Casación Penal de la Corte Suprema de Justicia revocó la decisión del Tribunal Superior de Cartagena de Indias (Bolívar), que absolvió a Betty del Carmen Mercado Barrios y a Lunela Palis Viana, ex funcionarias de la Gobernación de Bolívar, del delito de falsedad ideológica en documento público.

Ambas fueron condenadas en primera instancia a 4 años y 2 meses de prisión por el Juzgado Primero Penal del Circuito de Cartagena.

El ente acusador comentó que "los hechos por los que fueron condenadas ocurrieron durante la ola invernal del año 2007 en Bolívar, cuando Mercado Barrios era la coordinadora del Programa de Urgencia, Emergencia y Desastres de la Gobernación, y fue además la interventora de siete contratos para la compra de mercados, medicamentos, y elementos de aseo, los que costaban alrededor de 4.000 millones de pesos".

Según la Fiscalía, "estos debían ser entregados a los damnificados entre  el 13 y el 28 de diciembre de ese año. No obstante, el 1 de enero de 2008, al asumir su cargo, el nuevo Gobernador de Bolívar, Jacobo Berrio Villareal, encontró que los elementos que se adquirieron no se entregaron en su totalidad, por lo que se negó a pagarle a los proveedores, así como a entregar los insumos que halló, ya que algunos estaban en mal estado y muchos tuvieron que incinerarlos".

La Fiscalía argumento durante el juicio que Mercado Barrios aseguró en sus actas que los insumos se entregaron el 27 de diciembre del 2007, mientras que Palis Viana, quien era jefe de Almacén, indicó que la recepción de los elementos se cumplió entre el 30 y el 31 de diciembre de ese año.

"Estas declaraciones según el ente acusador no correspondían con la verdad, ya que las fechas no coincidían", dijo la Fiscalía.

 

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