La decisión fue adoptada por la Corte Suprema de Justicia.
La decisión fue adoptada por la Corte Suprema de Justicia.
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Corte confirma fallo contra juzgado que favoreció con tierras a familia cordobesa

Los predios están ubicados en Tierralta.

La Sala de Casación Civil de la Corte Suprema de Justicia, emitió el día 31 de julio del presente año, la Sentencia STC5005-2020, por medio de la cual se confirmó la decisión proferida por la Sala Civil – Familia – Laboral del Tribunal Superior del Distrito Judicial de Montería, dentro de la acción de tutela promovida por la Agencia Nacional de Tierras contra el Juzgado Cuarto Civil del Circuito de esa ciudad tras considerar que este despacho vulneró el derecho al debido proceso de la Nación al favorecer a la familia Cabrales con predios en Tierralta, Córdoba que suman 862 hectáreas. 

En consecuencia de lo anterior, se ordenó al Juzgado Cuarto Civil del Circuito de Montería, que deje sin efectos la sentencia del 1 de septiembre de 2009 e incluso, se sirva adelantar las gestiones necesarias para recaudar los medios de prueba que le permitan esclarecer lo relativo a la satisfacción de los presupuestos axiológicos en la acción de pertenencia sometida a su conocimiento, principalmente, los relativos a la prescriptibilidad de los predios: “La Esperanza”, “La Gloria II”, “La Gloria I”, “No Hay Como Dios”, “El Alto Viento”, “La Magdalena”, “El Silencio”, “Villa Rosa”, “Las Lomitas”, “La Palma”, “Vista Hermosa”, “La Primavera”, “El Ratón”, “La Loma”, “Pakistán” y “Los Milagros”.

Lo anterior, conlleva a esclarecer la real naturaleza jurídica de dichos predios y la titularidad de los derechos reales sujetos a registro sobre los mismos y a que, posteriormente, en un término que no exceda un mes, profiera la decisión que en derecho corresponda a fin de resolver tal litigio.

 

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